Real orden 216/1928, de 7 de abril disponiendo que los "trípticos y carnets de passage" deben admitirse por las Aduanas marítimas del Reino como documentos suficientes y únicos para autorizar la importación en régimen temporal de los automóviles que comprendan.
Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 112, de 21 de abril de 1928, páginas 371 a 371 (1 pág.)