Orden de 10 de octubre de 1945 sobre la obligación en que se hallan los Patronatos fundacionales, con la sola excepción que se cita, de dirigirse al Protectorado por conducto y con informe de la respectiva Junta Provincial de Beneficencia cuando se trate de consultar prespuestos o rendir cuentas.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 298, de 25 de octubre de 1945, páginas 2546 a 2547 (2 págs.)