Decreto de 7 de junio de 1946 por el que se dispone que en lo sucesivo no permita la nacionalización de automóviles importados en régimen temporal mientras no sean cancelados reglamentariamente los documentos internacionales o los Pases expedidos por las Aduanas a favor de los mismos.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 168, de 17 de junio de 1946, páginas 4913 a 4913 (1 pág.)