Orden de 17 de febrero de 1947, dirigida al Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, por la que se declaran exentos de reintegros los recibos del recurso legal de las Cámaras; y que deben ser archivados los expedientes incoados por la Inspección Técnica del Timbre por falta de tales reintegros.
Publicado en:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 64, de 5 de marzo de 1947, páginas 1563 a 1564 (2 págs.)