Decreto-ley de 27 de julio de 1951 por el que se autoriza en los casos de reconocida urgencia para adicionar a la contrata de un aprovechamiento hidráulico las obras previas, accesorias y complementarias que formen parte del mismo sistema.
Publicado en:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 212, de 31 de julio de 1951, páginas 3587 a 3588 (2 págs.)