Habiéndose padecido error en la inserción de la misma publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 180, de fecha 28 de julio de 1960, a continuación se rectifica como sigue:
En la página 10513, primera columna, línea 10, donde dice: «...introducido en el régimn aduanero español...», debe decir: «...introducido en el régimen aduanero español».
En la página 10514, segunda columna, línea 17, donde dice: «...provisto sus deños del correspondiente pase...», debe decir: «...provisto sus dueños del correspondiente pase...».
En la página 10515, segunda columna, última línea, donde dice: «...las Autoridades españolas requisarán...», debe decir: «...las Aduanas españolas requisarán...».
En la página 10518, segunda columna, línea 14, donde dice: «...al remitirle pase a la Aduana de entrada...», debe decir: «...al remitir el pase a la Aduana de entrada...».
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