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Documento BOE-A-1967-16414

Decreto-ley 13/1967, de 26 de octubre, por el que se amplia hasta el 31 de diciembre de 1968 el plazo señalado en la Disposición transitoria octava de la Ley 103/1966.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1967, páginas 14805 a 14805 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1967-16414

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria octava de la Ley ciento tres/mil novecientos sesenta y seis, para adaptar los preceptos de la Ley de Bases de Funcionarios Civiles del Estado a los funcionarios civiles de la Administración Militar, establece que el personal civil al servicio de ésta, que desempeñando funciones de naturaleza administrativa, auxiliar o subalterna, no se integre en los Cuerpos Generales por carecer de la condición de funcionarios, podrá ingresar en los referidos Cuerpos mediante concurso-oposición restringido, convocado por el Departamento militar respectivo, una vez fijadas y aprobadas las correspondientes plantillas orgánicas, expirando el plazo para llevar a efectos dicho ingreso el treinta y uno de diciembre de mil novecientos sesenta y siete, en que quedarán constituidos los Cuerpos Generales comunes a los Ministerios afectados.

La determinación de las plantillas orgánicas, según el proceso previsto en el Decreto ochocientos sesenta y cinco/mil novecientos sesenta y cuatro de nueve de abril, y la Orden de treinta de junio del mismo año, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de las Bases de Clasificación de los Puestos de Trabajo, en cumplimiento del punto cinco punto tres, capítulo V, del texto articulado de la Ley de Bases ciento nueve/mil novecientos sesenta y tres, de veinte de julio, supone el estudio y clasificación de dichos puestos de trabajo y la aplicación de unos criterios de racionalización tendentes a reducir, sin detrimento de la función pública, el volumen de los mismos, con la consiguiente disminución del gasto público. Este proceso, dado el volumen y dispersión territorial de los órganos dependientes de los Ministerios militares, una vez que ha sido planificado, exige disponer de un plazo de tiempo superior al que se señala en la disposición transitoria octava antes aludida, a fin de poder llegar, de una manera racional a la determinación y aprobación de las plantillas orgánicas, convocar el concurso-oposición restringido y celebrar las oportunas pruebas.

En su virtud, a propuesta del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de octubre de mil novecientos sesenta y siete, en uso de la autorización que confiere el artículo trece de la Ley Constitutiva de las Cortes, textos refundidos de las Leyes Fundamentales del Reino, aprobadas por Decreto de veinte de abril de mil novecientos sesenta y siete, y oída la Comisión a que se refiere el apartado I del artículo doce de la citada Ley.

DISPONGO:

Artículo primero.

El plazo señalado en la Disposición transitoria octava de la Ley ciento tres/mil novecientos sesenta y seis, de veintiocho de diciembre, por la que se adaptan los preceptos de la Ley de Bases de Funcionarios Civiles del Estado a los funcionarios civiles de la Administración Militar, queda ampliado hasta el treinta y uno de diciembre del añó mil novecientos sesenta y ocho.

Artículo segundo.

Del presente Decreto-ley se dará inmediata cuenta a las Cortes.

Así lo dispongo por el presente Decreto-ley, dado en Madrid a veintiséis de octubre de mil novecientos sesenta y siete.

FRANCISCO FRANCO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 26/10/1967
  • Fecha de publicación: 28/10/1967
  • Fecha de entrada en vigor: 17/11/1967
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • AMPLÍA el plazo establecido en la disposición transitoria 8 de la Ley 103/1966, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1966-19738).
Materias
  • Funcionarios Civiles de la Administración Militar
  • Oposiciones y concursos
  • Plantillas

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