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Documento BOE-A-1969-1503

Decreto 3277/1969, de 19 de diciembre, por el que se suspende por tres meses la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de ciertos productos petroleoquímicos.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1969, páginas 20263 a 20263 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1969-1503

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 19/12/1969
  • Fecha de publicación: 29/12/1969
  • Vigencia de lo indicado desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 1970.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PRORROGA:
    • la suspensión, por el Decreto 2595/1973, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-1973-1460).
    • la suspensión de derechos arancelarios, por el Decreto 1497/1973, de 28 de junio (Ref. BOE-A-1973-952).
    • por tres Meses la suspensión establecida por el Decreto 724/1973, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-1973-550).
    • la suspensión de derechos, por Decreto 3219/1971, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1973-13).
    • la suspensión indicada, por el Decreto 3535/1972, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1972-1941).
    • la suspensión de derechos, por el Decreto 2695/1972, de 15 de septiembre (Ref. BOE-A-1972-1430).
    • la suspensión de derechos, por la Decreto 1667/1972, de 23 de junio (Ref. BOE-A-1972-949).
    • la suspensión de derechos, por el Decreto 811/1972, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-1972-537).
    • la suspensión de derechos establecida desde el 1 de enero y hasta el 31 de marzo, por Decreto 3219/1971, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1972-13).
    • la suspensión, por el Decreto 2579/1971, de 14 de octubre (Ref. BOE-A-1971-1383).
    • del 1 de abril al 30 de junio, las Suspensiones de derechos previstas en el art. 1, por el Decreto 731/1971, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-1971-517).
    • la suspensión establecida en el art. 1, por el Decreto 1708/1971, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1971-404).
    • la suspensión, por el Decreto 3679/1970, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-1971-6).
    • la suspensión durante el Periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 1970, por el Decreto 837/1970, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1970-366).
Referencias anteriores
  • MODIFICA por Decreto 2422/1968, de 20 de septiembre (Ref. BOE-A-1968-1173).
  • DE CONFORMIDAD con art. 6 la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Importaciones
  • Plásticos
  • Productos petrolíferos

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