Decreto 345/1971, de 25 de febrero, por el que se desarrolla el artículo 7.º de la Ley 41/1970, de 22 de diciembre, que perfecciona la acción protectora y modifica la financiación del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1971, páginas 3650 a 3651 (2 págs.)
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ANÁLISIS
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 25/02/1971
Fecha de publicación: 05/03/1971
Fecha de entrada en vigor: 01/04/1971
Referencias posteriores
SE DEROGA las normas reguladoras de las Percepciones de la Seguridad social Agraria, por la Ley 30/1985, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1985-16765).
SE MODIFICA el apartado e del art. 2: el Real Decreto 2826/1981, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1981-27856).
SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición adicional, Precisa el Concepto de Pieles Finas: la Resolución de 10 de diciembre de 1973 (Ref. BOE-A-1973-1778).
SE MODIFICA por el Decreto 3018/1973, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-1973-1667).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
dando normas para Recaudación, ingreso e Inspección de Percepciones sobre productos: la Resolución de 14 de mayo de 1973 (Ref. BOE-A-1973-718).
el art. 9: la Orden de 29 de octubre de 1971 (Ref. BOE-A-1971-1420).
CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 72 de 25 de marzo de 1971 (Ref. BOE-A-1971-35452).
Referencias anteriores
DESARROLLA el art. 7 de la Ley 41/1970, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1970-1457).