Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 18 de septiembre de 1972, número 224, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
El apartado f) del subepígrafe 3.2.2 de la primera columna de la página 16869 deberá quedar redactado así:
«f) Peso neto.—El peso neto, expresado en gramos, deberá corresponder como mínimo a los siguientes porcentajes, referidos a la cifra que representa la capacidad nominal normalizada, en milímetros, del envase:
93 por 100 para envases de capacidad inferior a 40 ml.
95 por 100 para envases de capacidad comprendida entre 41 y 100 ml.
97 por 100 para envases de capacidad comprendida entre 101 y 300 ml.
100 por 100 para envases de capacidad superior a 300 ml.»
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