Padecidos errores en la inserción de la Ordenanza de Trabajo aneja a la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 306, de 23 de diciembre de 1971, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 20816, columna 2.°, artículo 48, número 3, apartado e), donde dice: «Caso de que se produzca vacante a cubrir de la categoría del traslado», debe decir: «Caso de que se produzca vacante a cubrir de la categoría del trasladado».
En la página 20818, columna 2º, artículo 78.—Trabajos de categorfa Inferior, donde dice: «Si por necesidades muy ajustadas...», debe decir: «Si por necesidades muy justificadas».
En la misma página y columna, artículo 80, número 3, tercera línea, donde dice: «con el 40 por 100 de recargo», debe decir: «con el 00 por 100 de recargo».
En la página 20821, columna 2º, donde dice: «Artículo 17» debe decir: «Artículo 117».
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