Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado», número 77, de 30 de marzo de 1974, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 6512, 2.ª columna, artículo 3.°, párrafo 2.°, donde dice: «... como de los que vengan con posterioridad...», debe decir: «... como de los que venzan con posterioridad...».
En igual página y columna, artículo 3.°, párrafo 6.°, donde dice: «... en la remuneración a primera o con incentivo...», debe decir: «... en la remuneración a prima o con incentivo...».
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