La Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado y las normas que completan y desarrollan sus disposiciones, han previsto la actuación de nuestras Instituciones Fundamentales ante un hecho tan trascendental y que tan gran consternación ha producido en toda España, como el fallecimiento de Su Excelencia el Jefe del Estado y Generalísimo de los Ejércitos, DON FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE.
En consecuencia, el Consejo de Regencia, participando en el dolor que vive todo el País, ha de tomar, como medida encaminada a asegurar la continuidad en la más alta jerarquía del Estado, la de convocar a las Cortes Españolas y al Consejo del Reino para recibir el juramento del Sucesor, Su Alteza Real el Príncipe de España, DON JUAN CARLOS DE BORBÓN Y BORBÓN, y proclamarle REY.
En su virtud, este Consejo de Regencia, haciendo uso de las facultades que al mismo otorga el artículo séptimo de la Ley de Sucesión, de veintiséis de julio de mil novecientos cuarenta y siete, modificada por la Ley Orgánica del Estado de diez de enero de mil novecientos sesenta y siete,
DISPONE:
Se convoca conjuntamente al Pleno de las Cortes Españolas y al Consejo del Reino, para celebrar el día veintidós de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, a las once horas y cuarenta y cinco minutos, solemne sesión extraordinaria en la que, conforme a lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley de veintidós de julio de mil novecientos sesenta y nueve, recibirán el juramento y proclamarán Rey a Su Alteza Real el Príncipe de España, DON JUAN CARLOS DE BORBÓN Y BORBÓN.
Así se dispone por el presente Decreto dado en Madrid a veinte de noviembre de mil novecientos setenta y cinco.
El Presidente del Consejo de Regencia,
ALEJANDRO RODRÍGUEZ DE VALCÁRCEL Y NEBREDA
El Presidente del Gobierno,
CARLOS ARIAS NAVARRO
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