Advertidos errores en el texto remitido para la publicación del Decreto 3632/1974, de 20 de diciembre, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 19, de 22 de enero de 1975, páginas 1389 a 1394 inclusive, Se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el preámbulo, página 1390, línea quince., donde dice: «... sector se persigue como objetive fundamenta lograr...», debe decir: «... se persigue como objetivo fundamental lograr...».
En el artículo tercero, apartado quinto, página 1390, línea, ochenta, cuando dice: que constituya paralización o amenaza de una actividad...», debe decir: «... que constituya paralización o amenaza de paralización de una actividad...».
En el artículo noveno, apartado primero, página 1391, línea cuarenta y cinco, donde dice: «..., expresamente en el artículo octavo como infracciones...», debe decir: «... expresamente en el artículo décimo como infracciones...».
En el artículo décimo, apartado segundo, página 1391, línea sesenta, cuando dice: «... se difieran en su aplicación...», debe decir: «... difieran en su aplicación...».
En el artículo decimosexto, párrafo tercero, página 1392, línea cuarenta y cuatro, cuando dice: «... Disciplina del Mercado se ajustarán a las normas, debe decir: «... Disciplina del Mercado se ajustará a las normas...».
En el artículo decimonoveno, página 1392, línea veinticinco, donde dice: «... Central, Local o Institucional, Empresas con...», debe decir: Central, Local o Institucional como las Empresas con...».
En el artículo decimonoveno, página 1392, línea veintisiete, donde dice:«...cuando sean requeridas para ello...», debe decir: «... cuando sean requeridos para ello...».
En el artículo vigésimo segundo, apartado primero, página 1392, línea cincuenta y cuatro, donde dice: «... acta, esta será autorizada ademas con la firma de un testigo...», debe decir: «... acta, ésta será autorizada con la firma de un testigo...». '
En el artículo vigésimo séptimo, página 1393, línea cincuenta y cinco, donde dice: «... ser constitutivas de infracción....», debe decir: «... ser constitutivos de infracción...»;
En el artículo vigésimo noveno, párrafo primero, página 1393, línea once, donde dice: «... establecida en el artículo vigésimo séptimo, número quinto...», debe decir: «... establecida en el artículo vigésimo octavo, número quinto...»
En el artículo vigésimo noveno, párrafo cuarto, línea treinta y tres, cuando dice «... aplicación de los criterios establecidos en párrafos anteriores...», debe decir:, «...aplicación de los criterios establecidos en los párrafos anteriores...».
En el artículo trigésimo tercero, apartado primero, página 1394, línea cincuenta, cuando dice: «... los efectos de la Ley ciento diez/mil novecientos setenta y tres.. », debe decir: «... los efectos de la Ley ciento diez/mil novecientos sesenta y tres...».
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