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Documento BOE-A-1975-4603

Orden de 22 de febrero de 1975 sobre expedición de licencias de caza por los Directores generales de la Guardia Civil y de Seguridad.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1975, páginas 4561 a 4562 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1975-4603

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores:

El artículo 34, número 5, de la vigente Ley de Caza faculta, entre otras autoridades, a los Directores generales de la Guardia Civil y de Seguridad para expedir licencias de caza a favor de los miembros de los Cuerpos de la Guardia Civil, General de Policía y Policía Armada.

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por dicho precepto, y en forma análoga a lo establecido para el personal militar de los tres Ejércitos por la Orden de la Presidencia del Gobierno de 8 de junio de 1974,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

1.º Los Directores generales de la Guardia Civil y de Seguridad continuarán con la facultad de conceder licencias de caza, respectivamente, a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, y a los integrantes del Cuerpo de la Policía Armada que se encuentren en situación de servicio activo o retirados.

Igual facultad compete al Director general de Seguridad respecto a los miembros del Cuerpo General de Policía que se encuentren en situación de servicio activo, excedencia o supernumerario, o jubilados.

2.º Para la obtención de estas licencias será precisa la solicitud previa de los interesados, y las que se concedan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Caza, serán de la clase A, gratuitas, intransferibles y exentas de recargos.

3.º Las licencias tendrán una duración máxima de cinco años.

4.° No obstante su plazo de validez, las licencias deberán ser necesariamente renovadas en los casos de variación de empleo, cambios de situación militar o administrativa o pase a las de retiro o jubilación.

5.° A efectos estadísticos, las autoridades mencionadas remitirán anualmente al Ministerio de Agricultura relación de las licencias expedidas.

6.° Las licencias de caza expedidas con arreglo a esta Orden se ajustarán al modelo que se publica como anexo.

Lo que comunico a VV. EE. a los efectos oportunos.

Dios guarde a VV. EE.

Madrid, 22 de febrero de 1975.

GARCIA HERNANDEZ

Excmos. Sres. Directores generales de la Guardia Civil y de Seguridad.

ANEXO

La licencia de caza constará de los siguientes anverso y reverso:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1975/55/04603_8584699_image1.png

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/02/1975
  • Fecha de publicación: 05/03/1975
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, por Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, de 26 de mayo de 1975 (Ref. BOE-A-1975-13158).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
  • CITA Reglamento aprobado por Decreto 506/1971, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-1971-444).
Materias
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Cuerpo de la Policía Armada
  • Dirección General de la Guardia Civil
  • Dirección General de Seguridad
  • Licencia de caza

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