Desaparecidas las causas que motivaron la militarización de la Empresa «Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles» (RENFE), el Gobierno considera innecesario el mantenimiento en vigor de las medidas adoptadas en el Decreto cuarenta y siete/mil novecientos setenta y seis, de fecha seis de enero.
En su virtud y conforme al artículo diecisiete de la Ley Básica de Movilización Nacional cincuenta/mil novecientos sesenta y nueve, de veintiséis de abril, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previo acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de mayo de mil novecientos setenta y seis,
DISPONGO:
Queda sin efecto lo dispuesto en el Decreto cuarenta y siete/mil novecientos setenta y seis, de seis de enero, que ordenaba la militarización de la Empresa «Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles» (RENFE).
Por los Ministros de la Gobernación, Obras Públicas y del Ejército, se dictarán las disposiciones necesarias para el cumplimiento de este Real Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a veintiuno de mayo de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Gobernación,
MANUEL FRAGA IRIBARNE
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