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Documento BOE-A-1976-16680

Orden de 5 de agosto de 1976 por la que se establecen normas aplicables a la evaluación continua de los alumnos de Formación Profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 1 de septiembre de 1976, páginas 17061 a 17074 (14 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1976-16680

TEXTO ORIGINAL

llustrísimo señor:

La Orden ministerial de 14 de febrero de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de marzo) estableció las normas para la evaluación continua del rendimiento educativo de los alumnos de Formación Profesional, aplicándose aquéllas tanto a quienes siguen los planes de estudio a extinguir de Formación Profesional Industrial, como a las nuevas enseñanzas reguladas por la Ley General de Educación.

A fin de realizar de una forma homogénea la evaluación continua de los alumnos, tanto en Centros estatales como no estatales, es necesario establecer una adecuada coordinación de criterios y normalización de documentos, a los efectos previstos en el artículo 135, letra d), de la Ley General de Educación, para acoplarlos a las Areas y materias reguladas por las disposiciones vigentes y actualizar lo dispuesto en el titulo VI, puntos 18 y 17 de la Orden ministerial de 14 de febrero de 1972.

En consecuencia, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Para la formulación de la evaluación continua de los alumnos de Formación Profesional, los documentos impresos que se utilicen se ajustarán a los modelos que figuran en los anexos de esta Orden, quedando modificados, en su consecuencia, los puntos 16 y 17 de la Orden ministerial de 14 de febrero de 1972.

Segundo.

Los documentos considerados oficiales en la evaluación son:

– Registro personal del alumno (ERPA).

– Acta de Evaluación final.

– Ficha médica (Orden ministerial de 10 de diciembre de 1971, «Boletín Oficial del Estado» de 17 de enero de 1972).

– Ficha del alumno.

– Acta de Evaluación por materias.

Tercero.

Son considerados documentos auxiliares de libre elaboración por parte del Centro, los siguientes:

– Registro personal acumulativo en el que se consignen las calificaciones finales de los cursos y grados que el alumno vaya superando.

– Ficha del tutor, con datos para informar al propio alumno o a sus familiares.

– Ficha informe a la familia.

– Ficha de recuperación.

– Carpeta-archivo donde se recojan los datos y trabajos más significativos de la marcha educativa.

Cuarto.

Los impresos correspondientes responderán a las características siguientes:

a) Extracto del Registro Personal del Alumno (ERPA), para Formación Profesional de Primer Grado (anexo 1).–Se redactara en forma UNE-A4, en dos hojas unidas, de manera que en esta doble ficha tenga cabida el ERPA de los dos cursos completos del Primer Grado.

Para las calificaciones podrán tuilizarse letras mayúsculas o abreviaturas claramente identificables. Para reflejar la calificación se utilizará precisamente la casilla correspondiente dentro de la evaluación de que se trate (anexo 1, páginas 2 y 3). En el documento (anexo 1, página 4) figurarán las. calificaciones (sobresaliente, notable, bien, etc.) con indicación de la convocatoria de julio o septiembre, especificándose por áreas. A los efectos de calificación de las áreas, las materias constitutivas de cada una de ellas se agruparán de la forma siguiente:

PRIMERO Y SEGUNDO CURSOS

Area de conocimientos técnicos y prácticos

– Tecnología.

– Prácticas.

– Técnicas de expresión gráfica y comunicación.

Area de Ciencias aplicadas

– Matemáticas.

– Física y Química.

– Ciencias de la Naturaleza,

Area formativa común

– Lengua española,

– Idioma moderno.

– Formación humanística,

– Formación religiosa.

– Formación cívico-social y política.

– Educación físico-deportiva.

Las materias de la Rama Administrativa y Comercial distintas de las enumeradas en el párrafo anterior se distribuirán a efectos de calificación en las correspondientes áreas, conforme se especifica a continuación:

PRIMER CURSO

Area de conocimientos técnicos y prácticos

Tecnología

– Cálculo mercantil.

– Contabilidad.

Prácticas

– Prácticas de oficina.

– Mecanografía.

SEGUNDO CURSO

Area de conocimientos técnicos y prácticos

Tecnología

Administrativo:

– Cálculo mercantil.

– Contabilidad y mecanización contable.

– Derecho empresarial.

Secretariado:

– Cálculo mercantil.

– Derecho empresarial.

Comercial:

– Cálculo mercantil, estructuras.

– Mercadotecnia.

Prácticas

Administrativo:

– Meconografía.

– Prácticas de oficina:

Secretariado:

– Mecanografía.

– Prácticas de oficina.

– Taquigrafía.

– Estenotipia.

Comercial:

– Compra y almacenes.

Técnicas de expresión gráfica y de comunicación

Administrativo:

– Técnicas de comunicación.

Secretariado:

– Técnicas de comunicación.

Comercial:

– Técnicas de comunicación.

Area de ciencias aplicadas

Administrativo:

– Estadística.

– Informática.

– Elementos de Economía.

Secretariado:

– Estadística.

– Informática.

– Relaciones públicas.

Comercial:

– Estadística.

– Organización administrativa.

– Ciencias de la Naturaleza.

– Psicología de la venta.

b). Acta de Evaluación final (anexo 2).–Se redactará en formato UNE-A4, con cabida suficiente para reflejar las evaluaciones de un grupo completo de alumnos. En la primera página deberán figurar, además del resumen estadístico, los datos relativos a: denominación del Centro, localidad, provincia, clasificación oficial del Centro, grado de Formación Profesional, curso y grupo al que corresponde, rama, profesión y fecha.

En la cabecera de la relación, donde figuran las calificaciones en la zona de «materias pendientes de recuperación», se relacionarán ¡as totalidades de las materias de que conste el curso correspondiente, para anotar, debajo y en la casilla respectiva, aquellas que a cada alumno puedan resultar pendientes de recuperación.

Las calificaciones globales podrán indicarse en forma abreviada en la correspondiente casilla, debiéndose inutilizar las restantes.

c) Ficha del alumno (anexo 3).–Redactada en formato UNE-A4, será capaz para contener los datos docentes del alumno en cada materia y para un curso completo. Las fichas se archivarán en el Centro a disposición de los tutores y de la Inspección, deberán conservarse hasta que el alumno finalice sus estudios en el grado dé que se trate. Habrán de registrarse en ellas los datos personales del alumno, curso, grupo, número, asistencias, incidencias, clasificaciones, recuperaciones y evaluación final.

d) Acta de Evaluación por materias (anexo 4).–Se ajustará al formato UNE-A4, cumplimentándose un acta por materia en cada una de las sesiones de evaluación. Estas actas serán entregadas al Jefe de Estudios, a quien corresponderá el control de las mismas. Los datos de las actas de evaluación por materias se reflejarán por los tutores en los ERPA correspondientes.

Quinto.

Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se dictarán las instrucciones de aplicación y desarrollo de la presente Orden.

Lo que digo a V. I.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 5 de agosto de 1976.

MENENDEZ Y MENENDEZ

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/08/1976
  • Fecha de publicación: 01/09/1976
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Puntos 16 y 17 de la Orden de 14 de febrero de 1972 (Ref. BOE-A-1972-371).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 135 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1970-852).
  • CITA Orden de 10 de diciembre de 1971 (Ref. BOE-A-1972-55).
Materias
  • Enseñanza de Formación Profesional

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