A propuesta del Ministro de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejc de Ministros en su reunión del día seis de febrero de mil novecientos setenta y seis,
DISPONGO:
Artículo primero.—Con efectos de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y seis se disuelve el Cuerpo de la Policía Territorial de Sahara.
Articulo segundo.—Se designará una Comisión Liquidadora que desempeñará sus funciones hasta la finalización de su cometido, que en ningún caso podrá prolongarse después del treinta y uno de diciembre de mil novecientos Setenta y seis.
Artículo tercero.—El personal de Jefes, Oficiales Y Suboficiales europeos serán puestos a disposición de sus respectivos Ministerios, abonándoseles la fracción de licencia reglamentaria que tengan devengada en la fecha de disolución del Cuerpo.
Artículo cuarto.- Se procederá a tramitar los retiros o indemnizaciones de los Suboficiales y personal de tropa saharaui con efectos de treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y seis.
Por la Presidencia del Gobierno y el Ministerio de Hacienda se dictarán las disposiciones pertinentes para la ejecución de lo dispuesto en el párrafo anterior.
Articulo quinto,—El personal de tropa del reemplazo sufrirá las vicisitudes de los de su llamamiento respectivo, conforme a las Instrucciones dictadas al efecto por el Ministerio del Ejército.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a seis de febrero de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El ministro de la Presidencia del Gobierno,
ALFONSO OSORIO GARCIA
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