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Documento BOE-A-1976-4703

Decreto 325/1976, 23 de enero, por el que se modifica el Decreto 2719/1973, de 2 de noviembre, de reorganización del Ministerio del Ejército.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 1976, páginas 4244 a 4245 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Ejército
Referencia:
BOE-A-1976-4703

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de la nueva organización prevista para el Ministerio del Ejército por el Decreto dos mil setecientos diecinueve/mil novecientos setenta y tres fue suprimida, en su artículo décimo, la Dirección General de Fortificaciones y Obras, sin que para atender a los cometidos y misiones a cargo de la misma se creara otro Organo similar que continuase en la estructura orgánica básica prevista en dicho Decreto las funciones que se encontraban a cargo de la misma.

La experiencia adquirida, durante el tiempo transcurrido desde la publicación de las disposiciones por las que se rige la actual organización del Ministerio del Ejército hasta el momento presente, aconseja la creación del Organismo adecuado de forma que se obtenga el mejor servicio, así como ajustar las denominaciones de algunos otros a las funciones asignadas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo y concordantes de la Ley de Procedimiento Administrativo, a propuesta del Ministro del Ejército y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de enero de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Los artículos cuarto, sexto y séptimo del Decreto dos mil setecientos diecinueve/mil novecientos setenta y tres, de dos de noviembre, quedarán redactados de la siguiente forma:

Artículo cuarto.

El Estado Mayor Central del Ejército quedará estructurado en la siguiente forma:

Uno. Jefatura adjunta, a cargo de un General de División de la Escala Activa.

Dos. Dirección de Organización y Campaña, a cargo de un General de División del Grupo «Mando de Armas».

Tres. Dirección de Servicios de Asistencia y Abastecimiento, a cargo de un General de División del Grupo «Mando de Armas».

Cuatro. Dirección de Servicios de Mantenimiento, a cargo de un General de División del Grupo «Mando de Armas».

Cinco. Dirección de Enseñanza, a cargo de un General de División del Grupo «Mando de Armas».

Seis. Dirección de Construcciones Militares, a cargo del General Inspector del Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción (Rama de Construcción y Electricidad).

Siete. Jefatura de Movilización, a cargo de un General de División de la Escala Activa.

Ocho. Inspecciones de Armas y Servicios a cargo de las Autoridades que se especifican en cada una.

Artículo sexto.

La Subsecretaría del Ministerio del Ejército tendrá a su cargo la dirección de las materias de personal y económico-financieras del mismo, las relaciones con otros Departamentos ministeriales y la gestión de los asuntos que le sean encomendados por el Ministro.

La Subsecretaría será desempeñada por un General de División de la Escala Activa y quedará estructurada en la siguiente forma:

Uno. Secretaría General, a cargo de un General de Brigada del Servicio de Estado Mayor del Grupo «Mando de Armas».

Dos. Dirección de Personal, a cargo de un General de Brigada de la Escala Activa.

Tres. Dirección de Asuntos Económicos, a cargo de un General de Brigada o asimilado de la Escala Activa.

Funcionarán bajo la inmediata dependencia de la Subsecretaría los siguientes Organismos:

Uno. Asesoría Jurídica del Ministerio.

Dos. Servicio Histórico.

Tres. Archivos Generales.

Cuatro. Junta Principal de Compras.

Cinco. Agrupación de Tropas del Ministerio.

Artículo séptimo.

La Jefatura Superior de Material, de acuerdo con las directrices emanadas del Estado Mayor Central, planificará y llevará a cabo los procesos de investigación, adquisición y fabricación del material de guerra, así como las inspecciones de esta última, cuando los encargados de ejecutarlas no pertenecieran al Ministerio del Ejército.

Al frente de esta Jefatura Superior de Material figurará un Teniente General de la Escala Activa.

La Jefatura Superior de Material constará de:

Uno. Secretaría General, desempeñada por un General de Brigada del Grupo «Destinos de Arma o Cuerpo».

Dos. Dirección Técnica e Inspección, desempeñada por el General Inspector del Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción (Rama de Armamento).

Tres. Dirección de Investigación, desempeñada por un General de División del Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo».

Cuatro. Dirección de Adquisición, desempeñada por un General de División del Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo».

Cinco. Dirección de Fabricación, desempeñada por un General de División del Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo».

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintitrés de enero de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro del Ejército,

FELIX ALVAREZ-ARENAS Y PACHECO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 23/01/1976
  • Fecha de publicación: 01/03/1976
  • Fecha de derogación: 18/03/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Real Decreto 241/1977, de 13 de enero (Ref. BOE-A-1977-5190).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 4, 6 y 7 del Decreto 2719/1973, de 2 de noviembre (Ref. BOE-A-1973-1531).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 2 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Ministerio del Ejército
  • Subsecretaría del Ministerio del Ejército

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