El creciente trasvase de la población española hacia los núcleos urbanos, y la aparición de nuevas formas de delincuencia hacen necesario aumentar los efectivos del Cuerpo General de Policía con un número de funcionarios que permita dotar las Unidades existentes del personal preciso para que puedan desempeñar con la máxima eficacia sus trascendentales cometidos de mantenimiento del orden público y prevención e investigación de los delitos y, al propio tiempo, posibilite la creación de nuevas Comisarías de Distrito en las grandes capitales y Comisarías Locales en poblaciones que por su desarrollo urbano así la vienen demandando.
En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:
Se aumenta en mil seiscientas plazas la plantilla del Cuerpo General de Policía. Este aumento se llevará a efecto en cuatro anualidades, a razón de cuatrocientas plazas en uno de enero de cada uno de los años mil novecientos setenta y seis, mil novecientos setenta y siete, mil novecientos setenta y ocho y mil novecientos setenta y nueve.
Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán en los correspondientes presupuestos los créditos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
Dada en el Palacio de la Zarzuela a once de marzo de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes Españolas,
TORCUATO FERNÁNDEZ-MIRANDA Y HEVIA
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