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Documento BOE-A-1977-12027

Orden de 22 de abril de 1977 por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 1977, páginas 10632 a 10633 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1977-12027

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Por Real Decreto 143/1977, de 21 de enero, se estructura orgánicamente con carácter definitivo la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Procede ahora adecuar al mismo la estructura establecida con carácter provisional por Orden de 15 de enero de 1976.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno ha tenido a bien disponer:

Primero.

La Gerencia de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado se estructura en las siguientes unidades orgánicas:

‒ Secretaría General.

‒ Departamento Económico Actuarial.

‒ Departamento de Prestaciones Básicas.

‒ Departamento Financiero.

Segundo.

La Secretaría General tiene la siguiente estructura orgánica:

1. Gabinete Técnico:

‒ Secretaría de Organos Colegiados.

‒ Sección de Informes y Elaboración de Disposiciones.

‒ Sección de Estudios, Documentación y Publicaciones.

‒ Sección de Información.

‒ Sección de Recursos.

2. Servicio de Colectivos e Informática:

‒ Sección de Gestión de Colectivos.

‒ Sección de Coordinación y Sistemas.

‒ Sección de Explotación.

‒ Sección de Análisis y Programación.

‒ Sección de Organización y Métodos.

3. Servicio de Administración Interior:

‒ Sección de Personal.

‒ Sección de Régimen Interior.

‒ Sección de Asuntos Generales.

Tercero.

El Departamento Económico Actuarial tiene la estructura orgánica siguiente:

1. Servicio Económico Actuarial:

‒ Sección de Estudios Actuariales.

‒ Sección de Estudios Económico-Financieros.

2. Servicio de Integraciones:

‒ Sección de Mutualidades Integradas.

‒ Sección de Mutualidades Concertadas.

‒ Sección de Integraciones Individuales.

3. Servicio de Prestaciones:

‒ Sección de Prestaciones de Jubilación.

‒ Sección de Prestaciones de Viudedad y Orfandad.

‒ Sección de Prestaciones Varias.

Cuarto.

El Departamento de Prestaciones Básicas tiene la siguiente estructura orgánica:

1. Servicio de Asistencia Sanitaria:

‒ Sección de Ordenación Asistencial.

‒ Sección de Gestión y Prestaciones Sanitarias,

‒ Sección de Conciertos y Relaciones con Entidades.

2. Servicio de Farmacia:

‒ Sección de Ordenación Farmacéutica.

‒ Sección de Administración y Gestión Farmacéutica.

3. Servicio de Prestaciones Sociales:

‒ Sección de Prestaciones por Incapacidad e Invalidez.

‒ Sección de Prestaciones Sociales y Familiares.

Quinto.

Primero: El Departamento Financiero tiene la siguiente estructura orgánica:

1. Servicio de Administración Financiera y Tesorería:

‒ Sección de Depositaría.

‒ Sección de Gestión de Ingresos.

‒ Sección de Gestión de Ingresos del Fondo Especial.

‒ Sección de Ordenación de Gastos.

2. Servicio de Contabilidad:

‒ Sección de Contabilidad de Ingresos.

‒ Sección de Contabilidad de Gastos.

‒ Sección de Contabilidad del Fondo Especial.

‒ Sección de Presupuestos.

Segundo: Dependerá directamente del Jefe del Departamento la Sección de Programación de Inversiones y Bienes Patrimoniales.

Sexto.

Dependerá directamente del Gerente de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado:

1. La Inspección General con nivel orgánico de Servicio.

2. El Gabinete de Relaciones Públicas con nivel orgánico de Sección.

Séptimo.

La Inspección General tiene la siguiente estructura con nivel orgánico de Sección:

‒ Inspección Técnica.

‒ Inspección de Servicios.

Octavo.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a W. II.

Madrid, 22 de abril de 1977.

OSORIO

Ilmos. Sres. Subsecretario de la Presidencia del Gobierno y Gerente de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/04/1977
  • Fecha de publicación: 14/05/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 14/05/1977
Referencias anteriores
Materias
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad Social

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