Fijado por Real Decreto mil noventa y ocho/mil novecientos setenta y siete, de quince de abril, del Ministerio de Hacienda, el coeficiente multiplicador dos coma nueve al Cuerpo Especial de Asistentes Sociales de la Administración Civil del Estado, procede en cumplimiento del mandato legal de equiparación del régimen y retribuciones de los funcionarios locales a los del Estado, contenido en el Decreto-ley siete/mil novecientos setenta y tres, de veintisiete de julio, asignar el referido coeficiente a los Asistentes sociales al servicio de las Corporaciones Locales, introduciendo al efecto las pertinentes modificaciones en el anexo al Decreto dos mil cincuenta y seis/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto.
En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de septiembre de mil novecientos setenta y siete,
DISPONGO:
En adaptación a lo dispuesto en el Real Decreto mil noventa y ocho/mil novecientos setenta y siete, de quince de abril, y con referencia a los epígrafes veintitrés y veintisiete del grupo III de Administración Especial, A) Técnicos, del anexo al Decreto dos mil cincuenta y seis/mil novecientos setenta y tres, de diecisiete de agosto, se excluyen del epígrafe veintisiete los Asistentes sociales y quedan incluidos en el veintitrés.
De conformidad con lo prevenido en el artículo primero, puntos dos y tres, del Decreto-ley siete/mil novecientos setenta y tres, de veintisiete de julio, artículo trece punto uno del mencionado Decreto dos mil cincuenta y seis/mil novecientos setenta y tres, y artículo primero punto uno y disposición final sexta del Decreto seiscientos ochenta y ocho/ mil novecientos setenta y cinco, de veintiuno de marzo, la nueva clasificación y coeficiente de los Asistentes sociales reviste carácter provisional, debiendo acomodarse a lo que se. establezca en su día en la regulación definitiva de la Función Pública Local.
Dado en Madrid a diecinueve de septiembre de mil novecientos setenta y siete.
JUAN CARLOS
El Ministro del Interior,
RODOLFO MARTIN VILLA
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