Ilustrisimo señor:
El Real Decreto 30/1977, de 4 de enero, al declarar oficiales las poblaciones de derecho y de hecho resultantes de la renovación padronal referida a 31 de diciembre de 1975 en cada uno de los municipios de la nación hacía la excepción, en su artículo primero, de las de los municipios de Madrid; Barcelona; Carballedo, Corgo y Guntín (Lugo); Beariz y Rubiana (Orense) y Baquio (Vizcaya), autorizando, por otra parte, en su artículo tercero, al Ministro de la Presidencia para que, a propuesta del Director general del Instituto Nacional de Estadística, declarase oficiales en su día las poblaciones de derecho y de hecho de los mencionados municipios, así como las totales de las provincias afectadas y las totales del conjunto nacional.
El Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio, por el que se reestructuran determinados órganos de la Administración Central del Estado, integra al Instituto Nacional de Estadística en el Ministerio de Economía (artículo 10, apartado uso, párrafo dos), el que corresponden en la actualidad las competencias que la Presidencia del Gobierno tenía sobre el Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final cuarta de este mismo Real Decreto.
Estando aún pendiente de aprobación las poblaciones de derecho y hecho referentes a 31 de diciembre de 1975 del municipio de Guntín (Lugo), no es posible obtener las cifras correspondientes a la provincia de Lugo y al conjunto nacional; pero se estima necesario no diferir la declaración de oficialidad de las cifras de población de los municipios antes reseñados.
En su virtud, y de conformidad con la propuesta del Instituto Nacional de Estadística,
Este Ministerio ha tenido a bien resolver:
Se declaran oficiales las poblaciones de derecho y hecho resultantes de la renovación padronal referida a 31 de diciembre de 1975 de cada uno de los siguientes municipios:
Población de | ||
---|---|---|
Derecho | Hecho | |
Madrid. | 3.228.057 | 3.201.234 |
Barcelona. | 1.751.136 | 1.754.714 |
Carballedo (Lugo). | 5.723 | 5.578 |
Corgo (Lugo). | 5.166 | 5.110 |
Beariz (Orense). | 1.848 | 1.578 |
Rubiana (Orense). | 4.403 | 4.304 |
Baquio (Vizcaya). | 1.099 | 1.087 |
Se declaran oficiales las poblaciones de derecho y hecho referidas a 31 de diciembre de 1075 de las provincial que a continuación se detallan:
Población de | ||
---|---|---|
Derecho | Hecho | |
Barcelona. | 4.389.897 | 4.387.319 |
Madrid. | 4.319.904 | 4.293.910 |
Orense. | 434.291 | 410.827 |
Vizcaya. | 1.154.873 | 1.151.680 |
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 30 de septiembre de 1977.
FUENTES QUINTANA
Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de Estadística.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid