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Documento BOE-A-1977-25561

Orden de 18 de octubre de 1977 por la que se aprueba el plan de estudios de la carrera de Náutica, Secciones de Puente, Máquinas y Radioelectrónica.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 24 de octubre de 1977, páginas 23342 a 23343 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1977-25561

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: El Decreto de la Presidencia del Gobierno 1439/1975, de 26 de junio, sobre calificación de las enseñanzas de la carrera de Náutica («Boletín Oficial del Estado» de 3 de julio) estableció los niveles de enseñanza universitaria a los que corresponden los estudios realizados en las Escuelas Oficiales de Náutica y determinó en su artículo quinto que los Planes de estudios y horarios correspondientes serían aprobados por el Ministerio de Educación y Ciencia.

En su virtud, a propuesta de la Subsecretaría de la Marina Mercante y previo dictamen de la Junta Nacional de Universidades,

Este Ministerio ha dispuesto:

Uno.

Se aprueba el Plan de estudios de las enseñanzas de la carrera de Náutica en las Secciones de Puente, Máquinas y Radioelectrónica, con la distribución de asignaturas y horario que figura en el anexo a la presente Orden ministerial.

Dos.

En la determinación del nivel académico de los estudios realizados en las Escuelas de Náutica con relación a los ciclos de la Enseñanza Universitaria se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Al término de los tres cursos del primer ciclo y con sólo tres meses de embarque en ejercicio de prácticas navales el alumno podrá pasar al segundo ciclo.

Si además de estos tres meses de embarque el alumno superase la prueba de conjunto establecida en la presente Orden, obtendrá el nivel académico correspondiente a los estudios de Escuela Universitaria.

2. Superados los cursos 4.° y 5.° y seis meses de navegación, más la presentación del Proyecto fin de carrera, el alumno alcanzará el nivel académico correspondiente a los estudios de segundo ciclo de la enseñanza universitaria.

3. Prueba de conjunto. Consistirá en la presentación de una serie de. trabajos personales referentes a las experiencias del candidato a bordo de los buques en que ha navegado, defendiéndolos ante un Tribunal de la Escuela Oficial de Náutica en que se presente.

4. Estas normas se refieren estrictamente a la determinación del nivel académico correspondiente a las enseñanzas de la carrera de Náutica, por corresponder al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la regulación de las titulaciones y atribuciones profesionales pertinentes.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 18 de octubre de 1977.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmos. Sres. Subsecretario de la Marina Mercante y Director general de Universidades.

ANEXO QUE SE CITA
Plan de estudios de los ciclos primero y segundo de la carrera de Náutica
  Horas semanales de clase
Teóricas Prácticas
SECCION PUENTE    
Primer ciclo    
 Primer curso:    
Matemáticas. 7
Física. 3 2
Química. 2 1
Dibujo. 3
Introducción a las Ciencias Náuticas. 4 1
Inglés, I. 2
 Segundo curso:    
Navegación, I. 3 2
Derecho y legislación marítima, I. 3
Inglés, II. 3
Electricidad y electrotecnia. 3 2
Construcción naval y teoría del buque, I. 3 2
Economía marítima. 3
Máquinas marinas y Automática. 2 1
 Tercer curso:    
Navegación, II. 3 2
Derecho y legislación marítima, II. 3
Inglés, III. 3
Meteorología y oceanografía. 2 1
Maniobra, estiba, reglamentos y señales. 3 2
Electrónica, I. 2 1
Medicina e higiene naval. 2
Seguridad interior y contaminación (cuatrimestral). 1 1
Segundo ciclo    
 Cuarto curso:    
Construcción naval y teoría del buque, II. 3 2
Navegación, III. 3 2
Electrónica, II. 3 2
Ingles, IV. 3
Automática, I. 3 1
 Quinto curso:    
Navegación, IV. 3 2
Derecho y legislación marítima, III. 5
Análisis y predicción del tiempo. 2 1
Maniobra y transportes especiales. 4 1
Administración y organización de empresas. 3
Automática, II. 3 1
Historia de la Marina. 1
SECCION MAQUINAS    
Primer ciclo    
 Primer curso:    
Matemáticas. 7
Física. 3 2
Química. 2 1
Dibujo. 3
Introducción a las Ciencias Náuticas. 4 1
Inglés. 2
 Segundo curso:    
Electricidad y electrotecnia. 3 2
Termodinámica. 2 1
Mecánica, I. 3 1
Metalotecnia y materiales. 2 1
Construcción naval y teoría del buque. 3 2
Tecnología mecánica y taller. 1 2
Medicina e higiene naval. 2
Inglés técnico, I. 3
 Tercer curso:    
Máquinas de vapor, I. 7 4
Motores de combustión interna. 3 2
Automática, I. 3 1
Electrónica. 2 1
Tecnología mecánica y taller. 1 2
Oficina técnica (cuatrimestral). 2
Seguridad interior y contaminación (cuatrimestral). 1 1
Segundo ciclo    
 Cuarto curso:    
Mecánica, II. 3 2
Montajes y mediciones. 1 2
Mecánica de los fluidos. 2
Electrotecnia. 2 1
Propulsores. 2
Derecho y legislación marítima. 3
Inglés técnico, II. 2
 Quinto curso:    
Máquinas de vapor, II. 4 2
Motores de combustión interna, II. 4 2
Automática, II. 3 1
Mantenimiento y reparaciones. 1 1
Organización y administración de empresas. 2 1
Historia de la Marina. 1
SECCION RADIOELECTRONICA    
Primer ciclo    
 Primer curso:    
Matemáticas. 7
Física. 3 2
Química. 2 1
Dibujo. 3
Introducción a las Ciencias Náuticas. 4 1
Inglés. 2
 Segundo curso:    
Electricidad y electrónica, I. 5 3
Automática digital. 3 2
Procedimientos radioeléctricos, I. 2 5
Meteorología (cuatrimestral). 2
Medicina e higiene naval (cuatrimestral). 2
Inglés técnico. 3
 Tercer curso:    
Radiotecnia. 4
Sistemas radioeléctricos de ayuda a la navegación, I. 3
Procedimientos radioeléctricos, II. 2 3
Instalaciones y mantenimiento. 3 5
Inglés marítimo. 3
Seguridad interior y contaminación (cuatrimestral). 1 1
Segundo ciclo    
 Cuarto curso:    
Electrónica, II. 4 2
Radiotecnia, II. 3 2
Sistemas radioeléctricos de ayuda a la navegación, II. 4 2
Comunicaciones inferiores. 3 2
Inglés. 3
 Quinto curso:    
Instrumentación. 4 2
Ordenadores. 4 2
Servosistemas. 4 2
Procedimientos radioeléctricos. 2 4
Historia de la Marina. 1

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/10/1977
  • Fecha de publicación: 24/10/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, regulando el Calendario final de Examenes: la Orden de 31 de mayo de 1991 (Ref. BOE-A-1991-16468).
  • SE MODIFICA el punto 1 del núm. 2, por la Orden de 13 de septiembre de 1984 (Ref. BOE-A-1984-22321).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, determinando Convalidaciones de Asignaturas aprobadas en el Plan de 1965: la Resolución de 10 de mayo de 1984 (Ref. BOE-A-1984-19505).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, fijando nuevas Denominaciones: la Orden de 21 de febrero de 1984 (Ref. BOE-A-1984-5548).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • estableciendo las Equivalencias entre las Materias de los Planes de estudios: la Orden de 16 de noviembre de 1982 (Ref. BOE-A-1982-30678).
    • regulando la Prueba de Conjunto y el Proyecto de Fin de Carrera para Obtener los Titulos de Diplomado y Licenciado de la Marina Civil: la Orden de 10 de noviembre de 1982 (Ref. BOE-A-1982-30088).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, determinando las Escuelas que Otorgaran los Titulos Profesionales para el Servicio Radioelectrico de la Marina: la Orden de 27 de septiembre de 1979 (Ref. BOE-A-1979-24778).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 5 del Decreto 1439/1975, de 26 de junio (Ref. BOE-A-1975-14168).
Materias
  • Enseñanza Náutica

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