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Documento BOE-A-1977-27659

Orden de 30 de junio de 1977 por la que se desarrolla el Decreto 3516/1974, de 28 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1977, páginas 25591 a 25594 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas
Referencia:
BOE-A-1977-27659

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

En uso de las facultades concedidas por la disposición final del Decreto 3510/1974, de 28 de noviembre, por el que se determinan las funciones y se estructuran los servicios de las Juntas de Puertos,

Este Ministerio, previa la aprobación de la Presidencia del Gobierno, a que se refiere el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, ha dispuesto el desarrollo de la estructura de los Servicios de las Juntas de Puertos en la siguiente forma:

Artículo 1. Junta del Puerto de Barcelona.

1. Subdirección. Servicio de Planificación y Técnicas de Explotación.

1.1. La Sección de Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1.1. Planificación y Ordenación.

1.1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial.

1.1.3. Prestación de Servicios no Comerciales y Liquidaciones de Tarifas y Cánones.

1.1.4. Equipo Flotante.

1.2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.2.1. Conservación de Obras Civiles.

1.2.2. Conservación de Equipo.

1.2.3. Compras y Almacenes.

1.2.4. Señales Marítimas y Alumbrado.

1.3. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.3.1. Gestión Económica.

1.3.2. Control de Costes.

1.3.3. Estadística y Estudios de Tráfico.

2. Servicio de Proyectos y Obras.

2.1. La Sección de Proyectos se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1.1. Proyectos de Obras.

2.1.2. Proyectos de Instalaciones y Equipos.

2.1.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

2.2. La Sección de Obras se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.2.1. Obras Civiles.

2.2.2. Instalaciones y Equipo.

2.2.3. Obras de Particulares y Deslindes.

0.1. El Gabinete Técnico, con rango orgánico de Sección, se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1.1. Información y Relaciones Públicas.

0.1.2. Personal.

0.1.3. Proceso de Datos y Facturación.

0.2. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.2.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

0.2.2. Depositaría-Pagaduría.

0.2.3. Recaudación.

0.2.4. Contabilidad General.

Artículo 2. Junta del Puerto y Ría de Bilbao.

1. Subdirección. Servicio de Planificación y Técnicas de Explotación.

1.1. La Sección de Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1.1. Planificación y Ordenación.

1.1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial.

1.1.3. Prestación de Servicios no Comerciales y Liquidaciones de Tarifas y Cánones.

1.2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.2.1. Conservación de Obras Civiles.

1.2.2. Conservación de Equipo.

1.2.3. Compras y Almacenes.

1.2.4. Señales Marítimas y Alumbrado.

1.2.5. Dragado.

1.3. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.3.1. Gestión Económica.

1.3.2. Control de Costes.

1.3.3. Estadística y Estudios de Tráfico.

2. Servicio de Proyectos y Obras.

2.1. La Sección de Proyectos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1.1. Proyectos de Obras.

2.1.2. Proyectos de Instalaciones y Equipo.

2.1.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

2.2. La Sección de Obras estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.2.1. Obras Civiles.

2.2.2. Instalaciones y Equipo,

2.2.3. Obras de Particulares y Deslindes.

0.1. El Gabinete Técnico, con rango orgánico de Sección, se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1.1. Información y Relaciones Públicas.

0.1.2. Personal.

0.1.3. Proceso de Datos y Facturación.

0.2. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado.

0.2.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

0.2.2. Depositaría-Pagaduría.

0.2.3. Recaudación.

0.2.4. Contabilidad general.

Artículo 3. Junta del Puerto de Gijón.

1. Subdirección. Servicio de Planificación y Técnicas de Explotación.

1.1. La Sección de Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado-.,

1.1.1. Planificación y Ordenación.

1.1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial.

1.1.3. Instalaciones Especiales y Equipo.

1.1.4. Ferrocarriles.

1.2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.2.1. Conservación de Obras Civiles.

1.2.2. Conservación de Equipo.

1.2.3. Compras y Almacenes.

1.3. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado.

1.3.1. Gestión Económica.

1.3.2. Control de Costes.

1.3.3. Estadística y Estudios de Tráfico.

0.1. La Sección de Proyectos y Obras se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1.1. Proyectos y Obras Civiles.

0.1.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

0.1.3. Obras Particulares y Deslindes.

0.1.4. Cartografía, Topografía y Delineación.

0.2. El Gabinete Técnico, con rango orgánico de Sección, se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.2.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2.2. Personal.

0.2.3. Proceso de Datos y Facturación.

0.3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.3.1. Secretaria de la Junta y Recursos.

0.3.2. Depositaría-Pagaduría.

0.3.3. Recaudación.

0.3.4. Contabilidad general.

Artículo 4. Junta del Puerto de Valencia.

1. Subdirección. Servicio de Planificación y Técnicas de Explotación.

1.1. La Sección de Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1.1. Planificación y Ordenación.

1.1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial.

1.1.3. Prestación de Servicios no Comerciales y Liquidaciones de Tarifas y Cánones.

1.2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:,

1.2.1. Conservación de Obras Civiles.

1.2.2. Conservación de Equipo.

1.2.3. Compras y Almacenes.

1.2.4. Señales Marítimas y Alumbrado.

1.3. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.3.1. Gestión Económica.

1.3.2. Control de Costes.

1.3.3. Estadística y Estudios de Tráfico.

0.1. La Sección de Proyectos y Obras se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1.1. Proyectos y Obras Civiles.

0.1.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

0.1.3. Obras Particulares y Deslindes.

0.1.4. Cartografía, Topografía y Delineación.

0.2. El Gabinete Técnico, con rango orgánico de Sección, se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.2.1 Información y Relaciones Públicas.

0.2.2. Personal.

0.2.3. Proceso de Datos y Facturación.

0.3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico dé Negociado:

0.3.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

0.3.2. Depositaría-Pagaduría.

0.3.3. Recaudación.

0.3.4. Contabilidad General.

Artículo 5. Junta del Puerto de La Luz y Las Palmas.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán los siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial y Policía.

1.3. Prestación de Servicios no Comerciales y Liquidaciones de Tarifas y Cánones.

1.4. Control de Servicios.

2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Conservación de Obras Civiles.

2.2. Conservación de Equipo.

2.3. Compras y Almacenes.

3. La Sección de Proyectos y Obras se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Proyectos y Obras Civiles.

3.2. Proyectos y Obras de Equipos e Instalaciones.

3.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

4. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

4.1. Gestión Económica.

4.2. Proceso de Datos, Estadística y Facturación.

5. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

5.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

5.2. Depositaría-Pagaduría.

5.3. Recaudación.

5.4. Contabilidad General.

Artículo 6. Junta del Puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial y Policía.

1.3. Prestación de Servicios no Comerciales y Liquidaciones de Tarifa y Cánones.

1.4. Control de Servicios.

2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Conservación de Obras Civiles.

2.2. Conservación de Equipo.

2.3. Compras y Almacenes.

3. La Sección de Proyectos y Obras estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Proyectos y Obras Civiles.

3.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

3.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

4. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

4.1. Gestión Económica.

4.2. Proceso de Datos, Estadística y Facturación.

5. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

5.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

5.2. Depositaría-Pagaduría.

5.3. Recaudación.

5.4. Contabilidad General.

Artículo 7. Junta del Puerto de Sevilla y Ría del Guadalquivir.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación, Ordenación y Estudios de Tarifas y Concesiones.

1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial y Policía.

1.3. Control de Servicios.

2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado.

2.1. Conservación de Obras Civiles.

2.2. Conservación de Equipo.

2.3. Compras y Almacenes.

2.4. Dragado y Material Flotante.

3. La Sección de Proyectos y Obras se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Proyectos y Obras Civiles.

3.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

3.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

4. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

4.1. Gestión Económica.

4.2. Proceso de Datos, Estadística y Facturación.

5. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado.

5.1. Secretaría de la Junta y Recurso.

5.2. Depositaría-Pagaduría.

5.3. Recaudación.

5.4. Contabilidad General.

Artículo 8. Junta del Puerto de Pasajes.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación, Ordenación y Estudio de Tarifas y Concesiones.

1.2. Prestación de Servicios en Zona Comercial y Policía.

1.3. Prestación de Servicios en Zona Pesquera.

2. La Sección de Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Conservación de Obras Civiles.

2.2. Conservación de Equipo.

2.3. Compras y Almacenes.

2.4. Dragados y Material Flotante.

3. La Sección de Proyectos y Obras se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Proyectos y Obras Civiles.

3.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

3.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

4. La Sección de Estudios Económicos estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

4.1. Gestión Económica.

4.2. Proceso de Datos, Estadística y Facturación.

5. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

5.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

5.2. Depositaría-Pagaduría.

5.3. Recaudación.

5.4. Contabilidad General.

Artículo 9. Juntas de los Puertos de Alicante, Cádiz, Cartagena, Palma de Mallorca y Tarragona.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado;

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Liquidación de Tarifas y Cánones, Facturación y Estadísticas.

1.4. Gestión Económica.

2. La Sección de Proyectos, Obras y Conservación se estructurará en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Proyectos y Obras Civiles.

2.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

2.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

2.4. Conservación.

2.5. Compras y Almacenes.

3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

3.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

3.3. Contabilidad General.

Artículo 10. Junta del Puerto de Algeciras.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Liquidación de Tarifas y Cánones, Facturación y Estadística.

1.4. Gestión Económica.

1.5. Estación Marítima y Pasajeros.

2. La Sección de Proyectos, Obras y Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Proyectos y Obras Civiles.

2.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

2.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

2.4. Conservación.

2.5. Compras y Almacenes.

3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

3.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

3.3. Contabilidad General.

Artículo 11. Juntas de los Puertos de Avilés y Santander.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Liquidación de Tarifas y Cánones, Facturación y Estadística.

1.4. Gestión Económica.

2. La Sección de Proyectos, Obras y Conservación estará constituida por las siguientes unidades con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Proyectos y Obras Civiles.

2.2. Proyectos y Obras de Equipo e Instalaciones.

2.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

2.4. Conservación.

2.5. Compras y Almacenes.

2.6. Dragado y Material Flotante.

3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

3.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

3.3. Contabilidad General.

Artículo 12. Junta del Puerto de La Coruña.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Liquidaciones de Tarifas y Cánones, Facturación y Estadística,

1.4. Gestión Económica.

2. La Sección de Proyectos, Obras y Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Proyectos y Obras Civiles.

2.2. Proyectos y Obras de Equipos e Instalaciones.

2.3. Cartografía, Topografía y Delineación.

2.4. Conservación.

2.5. Compras y Almacenes.

3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

3.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

3.3. Contabilidad General.

Artículo 13. Junta de los Puertos de Málaga y Vigo.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación y Técnicas de Explotación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Liquidaciones de Tarifas y Cánones, Facturación y Estadística.

1.4. Gestión Económica.

2. La Sección de Proyectos. Obras y Conservación estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Proyectos y Obras Civiles.

2.2. Proyectos y Obras de Equipos e Instalaciones.

2.3 Cartografía, Topografía y Delineación.

2.4. Conservación.

2.5 Compras y Almacenes.

3. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

3.1. Secretaria de la Junta y Recursos.

3.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

3.3. Contabilidad General.

Artículo 14. Juntas de los Puertos de Almería, Ceuta, El Ferrol del Caudillo y Melilla.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación, Explotación y Obras estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Gestión Económica.

1.4. Proyectos, Obras e Instalaciones.

1.5. Conservación.

2. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

2.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

2.3. Contabilidad General.

Artículo 15. Junta del Puerto de Castellón.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información y Relaciones Públicas.

0.2. Personal.

1. La Sección de Planificación, Explotación y Obras estará constituida por las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Planificación y Ordenación.

1.2. Prestación de Servicios y Policía.

1.3. Gestión Económica.

1.4. Proyectos, Obras e Instalaciones.

1.5. Conservación.

2. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

2.1. Secretaría de la Junta y Recursos.

2.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

2.3. Contabilidad General.

Artículo 10. Juntas de los Puertos de Pontevedra, Puerto de Santa María y Villagarcía de Arosa.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información, Relaciones Públicas y Personal.

0.2. Planificación y Ordenación.

0.3. Prestación de Servicios y Policía.

0.4. Gestión Económica.

0.5. Proyectos, Obras e Instalaciones y Conservación.

1. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Secretaría de la Junta y Recursos,

1.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

1.3. Contabilidad General

Artículo 17. Junta del Puerto de San Esteban de Pravia.

Dependiendo directamente del Ingeniero-Director, existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

0.1. Información, Relaciones Públicas y Personal.

0.2. Prestación de Servicios y Policía.

0.3. Planificación y Gestión Económica.

0.4. Proyectos, Obras, Instalaciones y Conservación.

0.5. Dragado y Material Flotante.

1. Del Secretario, con nivel orgánico de Jefe de Sección, dependerán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Negociado:

1.1. Secretaria de la Junta y Recursos.

1.2. Depositaría-Pagaduría y Recaudación.

1.3. Contabilidad General.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Disposición transitoria

La aplicación del artículo 17 quedará aplazada en tanto subsista el déficit presupuestario de la Junta del Puerto de San Esteban de Pravia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos:

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 30 de junio de 1977.

ORTIZ GONZALEZ

Ilmo. Sr. Director general de Puertos y Señales Marítimas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/06/1977
  • Fecha de publicación: 23/11/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 24/11/1977
Referencias anteriores
  • DESARROLLA el Decreto 3516/1974, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1975-398).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 130 de la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Juntas de Puertos
  • Ministerio de Obras Públicas
  • Puertos

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