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Documento BOE-A-1977-7251

Orden de 18 de marzo de 1977 por la que se amplían los plazos de exposición al público de las listas del Censo Electoral.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 1977, páginas 6389 a 6390 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1977-7251

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos e ilustrísimos señores:

El ejercicio del derecho a figurar como elector en el Censo Electoral, cuya rectificación fue acordada por Orden de esta Presidencia del Gobierno de 20 de diciembre de 1976, requiere la disponibilidad del tiempo necesario para efectuar la comprobación de datos y reclamación que, en su caso, pueda proceder.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Artículo 1.

En los municipios de más de, 50.000 habitantes se amplía en cinco días naturales, el plazo de exposición al público de las listas electorales, establecido en el artículo 9 de la Orden de Presidencia del Gobierno de" 20 de diciembre de 1976, debiendo terminar, por tanto, dicha exposición, a las veintiuna horas del día 26 de marzo de 1977.

Artículo 2.

Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, las fechas indicadas en los artículos 11, 12, 14, 18 y 17 de la mencionada Orden de 20 de diciembre de 1976, quedan sin efecto, señalándose en su lugar las siguientes:

La remisión por la Junta Municipal del Censo Electoral de las listas de las secciones reclamadas, con su documentación, a la Junta Provincial del Censo Electoral, se realizarán antes del 1 de abril de 1977.

La reunión de las Juntas Provinciales del Censo Electoral, el 4 de abril de 1977.

El envío por las Juntas Provinciales del Censo Electoral a los Delegados provinciales del I. N. E. de las listas reclamadas, con su documentación, y los acuerdos recaídos, que no han sido objeto de apelación, el 9 de abril de 1977.

Las listas definitivas deben quedar terminadas el 29 de abril de 1977:

La distribución de copias a las autoridades deberá finalizar el 5 de mayo de 1977.

Artículo 3.

Quedan derogados los preceptos de la Orden de 20 de diciembre de 1976 que se opongan a lo dispuesto en la presente.

Artículo 4.

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. EE. y a VV. II.

Dios guarde a VV. EE. y a VV. II.

Madrid, 18 de marzo de 1977.

OSORIO

Excmos. e Ilmos. Sres....

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/03/1977
  • Fecha de publicación: 19/03/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 19/03/1977
Referencias anteriores
  • AMPLIA los Plazos establecidos en el art. 9 de la Orden de 20 de diciembre de 1976 (Ref. BOE-A-1976-25856).
Materias
  • Administración Local
  • Censo Electoral
  • Elecciones
  • Estadística

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