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Documento BOE-A-1978-23327

Orden de 28 de agosto de 1978 por la que se desvincula de la Universidad Complutense de Madrid la nueva Universidad con sede en Alcalá de Henares al comienzo del curso académico 1978-1979.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 11 de septiembre de 1978, páginas 21199 a 21199 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1978-23327

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La nueva Universidad de Madrid, con sede en Alcalá de Henares, creada por el Real Decreto 1502/1977, de 10 de junio, ha venido desarrollando sus actividades durante el pasado curso académico de conformidad con lo establecido en los artículos cuarto y quinto del mencionado Real Decreto;

Considerando el impulso adquirido durante el curso académico finalizado por dicha Universidad y habiéndose acordado por el Rectorado de la Universidad Complutense y la Comisión Gestora de aquella Universidad llegado el momento de poner fin a la vinculación entre ambas Universidades con motivo del inicio del nuevo curso académico 1978-79,

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos cuarto y sexto del Real Decreto 1502/1977, de 10 de junio, oído el Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid y la Comisión Gestora de la nueva Universidad con sede en Alcalá de Henares, ha dispuesto:

Primero.

A partir de la fecha en que tenga lugar la apertura oficial del curso académico 1978-79, la nueva Universidad de Madrid, con sede en Alcalá de Henares, creada por el Real Decreto 1502/1977, de 10 de junio, pasará a denominarse Universidad de Alcalá de Henares y quedará desvinculada de la Universidad Complutense de Madrid.

Segundo.

La Comisión Gestora de la Universidad de Alcalá de Henares continuará desempeñando las funciones encomendadas por el artículo quinto del Real Decreto 1502/1977, de 10 de junio, hasta tanto no sean nombrados los órganos de gobierno con las formalidades correspondientes.

El Presidente de la misma será nombrado por este Departamento, que designará además, a propuesta del citado Presidente, los restantes miembros que hayan de integrarla.

Por la Dirección General de Universidades se dictarán cuantas resoluciones sean precisas para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 28 de agosto de 1978.

CAVERO LATAILLADE

Ilmo. Sr. Director general de Universidades.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/08/1978
  • Fecha de publicación: 11/09/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 4 y en virtud del art. 6 del Real Decreto 1502/1977, de 10 de junio (Ref. BOE-A-1977-14872).
Materias
  • Universidades

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