Ilustrísimos señores:
Por Decreto-ley 17/1971, de 28 de octubre, fue creado el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), aprobándose su estructura orgánica por Decreto 639/1972, de 9 de marzo, desarrollándose y complementándose posteriormente por las Ordenes ministeriales de 27 de marzo de 1972 y 18 de mayo de 1974.
Como en dicha estructura orgánica se omitió la de la Intervención Delegada y Oficina de Contabilidad, se considera que es este el momento de llevar a cabo la mencionada estructuración, y en su virtud, previa conformidad de la Presidencia del Gobierno y del Ministerio de Hacienda, este Ministerio de Agricultura dispone:
La Intervención Delegada y Oficina de Contabilidad en el Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, de la General de la Administración del Estado, de la que depende funcionalmente, se estructura bajo la dependencia del Interventor Delegado en dicho Organismo, en las Secciones y Negociados siguientes:
Sección Fiscal
– Negociado de Intervención.
– Negociado de Reservas Nacionales de Caza.
– Negociado de Examen de Cuentas.
Sección de Contabilidad
– Negociado de Ingresos.
– Negociado de Ordenación, Crédito y Tesorería.
– Negociado de Contabilidad Provincial.
La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 25 de septiembre de 1978.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento, Director del ICONA e Interventor general de la Administración del Estado.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid