El Patronato Central para la Protección de Animales y Plantas, oreado y reglamentado por Real Decreto de once de abril de mil novecientos veintiocho —modificado por Decreto de veintiséis de marzo de mil novecientos «sesenta y cuatro—, se constituyó para cumplir la función que, de acuerdo con los preceptos de las disposiciones citadas, debe realizar el Estado para la protección y defensa de animales y plantas.
Con posterioridad al Real Decreto de once de abril de mil novecientos veintiocho se han atribuido al Ministerio de Agricultura funciones de protección de la naturaleza, dentro de las cuales deben considerarse comprendidas las de defensa de los animales y las plantas, por cuya razón y con objeto de asegurar la coherencia y eficacia de las actuaciones administrativas, se estima procedente adscribir a dicho Departamento ministerial el Patronato Central para la Protección de Animales y Plantas.
En su virtud, a propuesta de los Ministros del Interior y de Agricultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y ocho.
DISPONGO:
El Patronato Central para la Protección de Animales y Plantas, creado por Real Decreto de once de abril de mil novecientos veintiocho, se adscribe al Ministerio de Agricultura, a cuyo titular, a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, corresponderá la Presidencia del Patronato y atribuciones a ella inherentes.
Se faculta al Ministro de Agricultura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo prevenido en este Real Decreto y para actualizar la composición y organización del Patronato Central y los Patronatos Provinciales para la Protección de Animales y Plantas.
Quedan modificados el Real Decreto de once de abril de mil novecientos veintiocho y el Decreto de veintiséis de marzo de mil novecientos sesenta y cuatro, y derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a veintisiete de octubre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Presidencia.
JOSE MANUEL OTERO NOVAS
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