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Documento BOE-A-1978-29192

Orden de 6 de noviembre de 1978 por la que se establece, con carácter provisional, la estructura orgánica de la Dirección General de Armamento y Material.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 1978, páginas 26790 a 26791 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1978-29192

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2723/1977, de 2 de noviembre, estructura orgánica y funcionalmente el Ministerio de Defensa, creando, en su artículo 17, la Dirección General de Armamento y Material como órgano básico encargado de proponer, coordinar y ejecutar la Política de Armamento y Material de los Ejércitos, de acuerdo con las normas y especificaciones que señalen los Estados Mayores respectivos. En dicho artículo se indican los fines que debe cumplir la citada Dirección General, haciéndose referencia en el artículo 18 a los organismos, establecimientos fabriles y centros de investigación que pasarán a depender de la misma. En el artículo 19 del citado Real Decreto se establece que la estructuración de la nueva Dirección General se hará en forma escalonada, previa determinación, en cada caso, de las misiones o cometidos que, con sus respectivos medios, deben permanecer en la cadena de mando militar.

De acuerdo con lo dispuesto en el mencionado Real Decreto y con las facultades que conceden las disposiciones finales del mismo, primera, segunda y cuarta, se procede por la presente

Orden ministerial, a estructurar inicialmente la Dirección General de Armamento y Material, creando una organización que le permita realizar las funciones más urgentes de las señaladas en el párrafo anterior relativas a coordinación de las acciones de los Ejércitos en materia de armamento y material y sirva, al mismo tiempo, de cimiento sobre el que ha de irse levantando la futura estructura orgánica de dicha Dirección General, a medida que se vayan integrando en la misma los organismos, establecimientos y centros mencionados anteriormente, y por lo tanto, sus funciones pasen a ser desarrolladas por esta Dirección.

En su virtud, previa aprobación de Presidencia del Gobierno, dispongo:

Artículo 1.

La Dirección General de Armamento y Material se estructura, con carácter provisional y como un primer paso para el establecimiento de su futura organización, en la forma siguiente:

1. Gabinete del Director general.

Constituye un órgano auxiliar de trabajo del Director general para:

– Asesorar al Director general en la elaboración de la Política de Armamento y en los asuntos que le encomiende.

– Realizar los estudios relativos a la estructura orgánica de la Dirección General y a su evolución.

– Servir de enlace con los Estados Mayores y Organismos de apoyo logístico de los Ejércitos:

El Gabinete estará constituido por personal técnico y operativo de los tres Ejércitos.

2. Sección de Secretaría y Asuntos generales.

Tendrá entre otros los siguientes cometidos:

– Distribuir los expedientes y mantener el control de su tramitación.

– Desarrollar las funciones relativas a la documentación y administración del personal.

– Centralizar y controlar la información técnica.

– Administrar los fondos internos asignados a la Dirección.

3. División de Programas Industriales.

Le corresponderá:

– Coordinar los programas de fabricaciones, construcciones y adquisiciones de armamento y material, derivados de los Planes Logísticos de los Ejércitos.

– Elaborar planes y elevar propuestas al Ministro sobre compensaciones industriales, cofrabricaciones, unificación y nacionalizaciones del armamento y materiales que vayan a adquirirse.

– Fomentar la promoción, mejora y desarrollo de la industria nacional, de interés para la Defensa.

– Intervenir en las ventas de armamento y material al extranjero con el fin de asesorar sobre su conveniencia y proponer medidas para fomentar la exportación y garantizar la calidad y fiabilidad de los productos que se tenga previsto exportar.

– Participar en la elaboración de los Planes financieros y de los presupuestos anuales, en la parte que corresponda a la Dirección General.

4. Divisiones Técnicas.

Les corresponderá ejercer las funciones que se determinen de las encomendadas a Organismos de las Direcciones de carácter industrial de los Ejércitos, que pasen a integrarse en la Dirección General de Armamento y Material.

5. División de Inspecciones Industriales.

Tendrá como misión fundamental organizar y ejercer el Servicio de Inspección Industrial de las fabricaciones y construcciones de armamento y material.

6. División de Investigación y Desarrollo.

Le corresponderá:

– Llevar a cabo la gestión de los programas derivados de los planes de investigación desarrollo de los Ejércitos, así como de los propios de h Dirección General, estableciendo la debida coordinación

– Dirigir los Centros de Investigación que se integren en la citada Dirección.

– Ejercer la coordinación y enlace entre la Investigación militar y la civil, y fomentar en los establecimientos nacionales ajenos a las Fuerzas Armadas, tanto estatales como privadas, la investigación y el desarrollo en los temas de interés para la Defensa, proponiendo, en cada caso, los acuerdos necesarios para ello.

Artículo 2.

1. La Dirección General de Armamento y Material irá absorbiendo en forma escalonada, las funciones correspondientes a los Organismos de los Ejércitos que por sucesivas Ordenes ministeriales vayan integrándose en dicha Dirección, para lo cual, al mismo tiempo, se irá modificando en los necesario la estructura orgánica provisional que establece la presente Orden ministerial.

2. La plantilla de la Dirección General se irá cubriendo básicamente con el personal de los Organismos de los Ejércitos que se vayan integrando en la misma, debiendo estar formada por personal operativo y técnico, sin que suponga aumento del gasto público.

Madrid, 6 de noviembre de 1978.

GUTIERREZ MELLADO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/11/1978
  • Fecha de publicación: 25/11/1978
  • Fecha de derogación: 05/05/1982
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, asignando Responsabilidades para el Seguimiento de las Compensaciones en el programa Ef-18: Orden 7/1984, de 25 de enero (Ref. BOE-A-1984-2276).
  • SE DEROGA, por Orden 73/1982, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-1982-10218).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, Atribuyendo determinadas funciones a la Dirección General Mencionada: Orden de 24 de julio de 1979 (Ref. BOE-A-1979-18905).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD art. 2.1, Transfiriendo Organismos: Orden de 24 de enero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-4994).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con las disposiciones Finales primera, segunda y cuarta del Real Decreto 2723/1977, de 2 de noviembre (Ref. BOE-A-1977-26516).
Materias
  • Dirección General de Armamento y Material
  • Ministerio de Defensa

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