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Documento BOE-A-1978-5483

Real Decreto 220/1978, de 10 de febrero, por el que se amplía el plazo concedido por el Real Decreto 3059/1977, de 11 de noviembre, para obtener la documentación necesaria en materia de tenencia de armas.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 1978, páginas 4505 a 4505 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1978-5483

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto tres mil cincuenta y nueve/mil novecientos setenta y siete, de once de noviembre, establecía un plazo para que pudieran solicitar licencias de armas, tipo B, los titulares de las licencias tipos A, C y D, que declaraba caducadas, y para permitir que se regularizara la situación de armas cuya tenencia no estaba suficientemente documentada.

El traspaso de documentación que en esta materia se na realizado, de la Dirección General de Seguridad a la Dirección General de la Guardia Civil, junto al extraordinario número de documentaciones que precisan de actualización, ha producido las lógicas aglomeraciones que aconsejan la ampliación de los plazos concedidos al respecto.

En virtud de lo expuesto y a propuesta del Ministro del Interior, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de febrero de mil novecientos setenta y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1.

El plazo que se concedía en el artículo primero del Real Decreto tres mil cincuenta y nueve/mil novecientos setenta y siete, de once de noviembre, a los titulares de las licencias tipos A, C y D, que se declaraban caducadas, para solicitar licencias tipo B, y el que se establecía en la disposición adicional segunda del propio Real Decreto, para que pudieran completar la documentación exigida por el Reglamento de Armas y Explosivos las personas a que se refería la disposición adicional primera, quedan ampliados hasta el día uno de mayo de mil novecientos setenta y ocho.

Artículo 2.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a diez de febrero de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Ministro del Interior,

RODOLFO MARTIN VILLA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 10/02/1978
  • Fecha de publicación: 24/02/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 24/02/1978
Referencias anteriores
  • AMPLÍA hasta el 1 de mayo de 1978 el plazo del Real Decreto 3059/1977, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-1977-28376).
Materias
  • Armas

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