Elevado expediente para elevación de tarifas aéreas de pasaje para la red interior, previo informe emitido por la Junta Superior de Precios y previa autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del día 2 de julio de 1979,
Este Ministerio ha resuelto:
Se autoriza una elevación del diez por ciento (10 por 100) en las tarifas de pasajeros correspondientes a los servicios aéreos regulares entre las provincias canarias y el resto de las provincias españolas.
Se autoriza una elevación del veinticinco por ciento (25 por 100) aplicables a los restantes enlaces aéreos regulares de la red interior no incluidos en el artículo anterior.
Los vuelos interinsulares dentro de las islas Canarias, los interinsulares dentro de las islas Baleares, así como los vuelos desde las islas Baleares con la Península tendrán un descuento del 10 por 100 para los residentes en las islas respectivas.
La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de julio de 1979.
SANCHEZ-TERAN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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