Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, de fecha 30 de junio de 1979, páginas 14882 y 14883, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el articulo 3.°, última línea, donde dice: «exigidas para las viviendas sociales», debe decir: «exigidas para las viviendas de protección oficial o para las viviendas sociales».
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