Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 123, de fecha 23 de mayo de 1979, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 11390, primera columna, líneas 4 y 5 del párrafo quinto del preámbulo, donde dice: «... interesadas a nuevas realizades del tráfico...»; debé decir: «... interesadas a nuevas realidades del tráfico,..». En las mismas página y columna, línea 2 del párrafo sexto del preámbulo, donde dice: «..., se hace preciso completarlo con...», debe decir: «..., se hace preciso complementarlo con,..».
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