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Documento BOE-A-1979-22958

Orden de 17 de septiembre de 1979 por la que se desarrolla el Real Decreto 1613/1979, de 29 de junio, por el que se reestructura el Ministerio de Industria y Energía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 1979, páginas 22252 a 22256 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-22958
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/09/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La nueva estructura del Ministerio de Industria y Energía, aprobada por Real Decreto 1613/1979, de 29 de junio, recoge las unidades de niveles de Subdirectores generales y Servicios, facultándose en el artículo 40 del mismo a este Departamento para dictar las normas complementarias que se precisen para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto. En este sentido, es preciso desarrollar la nueva estructura con las unidades de nivel inferior que completen la totalidad de la estructura.

En su virtud, y previa aprobación de Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

El Gabinete Técnico del Ministro se estructura en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Sección:

1. Gabinete de Prensa, que tendrá a su cargo las relaciones del Ministerio con los medios de comunicación, así como facilitar a las autoridades del Departamento el acceso al contenido de dichos medios en cuanto se refiere al ámbito de actuación del Ministerio de Industria y Energía.

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

2. Gabinete de Documentación, que tendrá a su cargo la preparación de estudios e informes que le sean encomendados.

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Segundo.

La Subsecretaría del Departamento tendrá la siguiente estructura orgánica:

I. Dirección General de Servicios.

1. Subdirección General de Personal.

Sección 1.ª Gestión de Personal de Cuerpos Generales y Contratados

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Gestión de Personal de Cuerpos Especiales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Régimen de Personal y Retribuciones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 4.ª Plantillas Orgánicas y Programación de Efectivos

– Negociado 1.º

2. Oficialía Mayor.

2.1. Servicio de Administración Financiera.

Sección 1.ª Sección de Gestión Presupuestaria

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Contratación Administrativa

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Habilitación General

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 4.ª Mantenimiento y Conservación de Instalaciones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 5.ª Régimen Interior y Protocolo

– Negociado 1.º

2.2. Servicio de Recursos.

Sección 1.ª Minas.

Sección 2.ª Instalaciones e Inspección Industrial.

Sección 3.ª Industrias de la Energía.

Sección 4.ª Suministros de Agua, Gas y Electricidad.

Sección 5.ª Personal y Asuntos Diversos.

Directamente dependientes del Jefe de Servicio existirán:

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3. Servicio de Ordenación y Estudios Administrativos.

Sección 1.ª Sección de Asuntos Generales y Relaciones con los Tribunales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Sección de Estudios y Disposiciones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

II. Inspección General de Servicios.

1. Secretaría General, con nivel orgánico de Sección.

2. Inspectores de Servicios, en número no superior a 14.

III. Gabinete Técnico del Subsecretario.

1. Sección de Estudios, que tendrá a su cargo el estudio y preparación de los asuntos y materias que al Gabinete le sean encomendados por el Subsecretario, sin perjuicio de las competencias de estudio y asesoramiento de otros órganos del Ministerio.

2. Sección de Informes y Coordinación, que le corresponde asistir al Subsecretario en la preparación de los expedientes que le sean encomendados y en el despacho de aquéllos relacionados con las atribuciones del Subsecretario, cuando no correspondan a otras unidades del Departamento.

En la Inspección General de Servicios, la Asesoría Jurídica, Asesoría Económica e Intervención Delegada, existirá un Negociado, para la ordenación, trámite y archivo de los diversos asuntos.

Tercero.

La Comisaría de la Energía y Recursos Minerales queda estructurada en la siguiente forma:

1. Subdirección General de Planificación Energética.

1.1. Servicio de Estructura del Sector Energético.

Sección 1.ª Programación Energética y Seguimiento de Planes

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Coyuntura y Recursos Energéticos

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Análisis Económico del Sector Energético y Modelos Energéticos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

2. Gabinete Técnico.

Sección 1.ª Energía

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Recursos Minerales

– Negociado 1.º

Cuarto.

La Secretaría General Técnica queda estructurada de la siguiente forma:

1. Vicesecretaría General Técnica.

1.1. Servicio de Legislación.

Sección 1.ª Informes

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Textos Legales y Compilaciones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

1.2. Servicio de Coordinación y Organización.

Sección 1.ª Información Administrativa

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Organización

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

– Negociado 4.º

Sección 3.ª Administración Institucional Industrial y Empresas Nacionales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

2. Subdirección General de Estudios y Promoción Industrial,

2.1. Servicio de Estadística e Informática.

Sección 1.ª Registro Industrial

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Estadísticas Industriales
Sección 3.ª Estadísticas Energéticas

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 4.ª Informática

– Negociado 1.º

2.2. Servicio de Estudios Macroeconómicos.

Sección 1.ª Coyuntura Industrial

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Estudios Macroeconómicos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

2.3. Servicio de Política Industrial y Estudios Sectoriales.

Sección 1.ª Política Industrial, Regional e Inversiones Industriales Regionales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Estructura y Organización Industrial

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 3.ª Estudios Sectoriales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

3. Subdirección General de Relaciones Industriales Internacionales.

3.1. Servicio de Relaciones con la CEE y Organismos de Carácter Multilateral.

Sección 1.ª Relaciones con la CEE y con la EFTA

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Relaciones con otros Organismos de Carácter Multilateral

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3.2. Servicio de Relaciones Bilaterales.

Sección 1.ª Relaciones con los Países de Europa e Iberoamérica

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Inversiones Extranjeras en España y de Inversiones Españolas en el Extranjero

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Quinto.

La Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción queda estructurada en la forma siguiente:

1. Subdirección General de Ordenación Minera.

1.1. Servicio de Registro y Derechos Mineros.

Sección 1.ª Registro y Derechos Mineros

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Reservas del Estado

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

1.2. Sección 3.ª Transmisión de Derechos Mineros

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

1.3. Sección 4.ª Hidrología Subterránea

– Negociado 1.º

2. Subdirección General de Investigación y Explotación Minera.

2.1. Servicio de Explotación y Seguridad Minera.

Sección 1.ª Explotación Minera

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Seguridad, Policía Minera y Explosivos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

– Negociado 4.º

2.2. Sección 3.ª Exploración e Investigación de Recursos Geológicos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

2.3. Sección 4.ª Establecimientos de Beneficio

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3. Subdirección General de Abastecimientos de Recursos Minerales.

3.1. Servicio de Carbones y de Minerales Radiactivos.

Sección 1.ª Recursos Energéticos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Programas Especiales de Recursos Energéticos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3.2. Sección 3.ª Minerales Metálicos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3.3. Sección 4.ª Minerales no Metálicos y Rocas Industriales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3.4. Sección 5.ª Programas Especiales de Recursos no Energéticos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3.5. Sección 6.ª Fomento de la Minería

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

4. Subdirección General de Industrias de la Construcción.

4.1. Servicio de Materiales de la Construcción.

Sección 1.ª Cementos, Cales, Yesos y Materiales Derivados

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Materiales Cerámicos, de Vidrio y Varios

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

4.2. Sección 3.ª Empresas Constructoras y Equipos para la Construcción

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

4.3. Sección 4.ª Normalización y Calidad de los Materiales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

5. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.

Sección 1.ª Estudios y Asuntos Generales

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

– Negociado 4.º

– Negociado 5.º

6. La Secretaría de la Comisión Interministerial Asesora del Plan Nacional de Abastecimiento de Materias Primas Minerales, con nivel de Sección.

Sexto.

La Dirección General de la Energía queda estructurada en la siguiente forma:

1. Subdirección General de Petróleo, Gas y Agua.

1.1. Servicio de Hidrocarburos.

Sección 1.ª Permisos y Concesiones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Actividades de Prospección

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Industrias del Petróleo

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

1.2. Servicio de Gas y Agua.

Sección 1.ª Industrias del Gas

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Industrias del Agua

– Negociado 1.º

2. Subdirección General de Energía Eléctrica.

2.1. Servicio de Explotación del Sistema Eléctrico,

– Negociado 1.º

Sección 1.ª Producción y Compensaciones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Transporte y Distribución

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Suministros

– Negociado 1.º

Sección 4.ª Tarifas y Estudios

– Negociado 1.º

3. Subdirección General de Energía Nuclear.

Sección 1.ª Centrales Nucleares

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Ciclo del Combustible

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Instalaciones Radiactivas

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

4. Subdirección General de Conservación de la Energía y Nuevas Energías.

4.1. Servicio de Ahorro y Conservación de la Energía.

– Negociado 1.º

Sección 1.ª Ahorro de Energía
Sección 2.ª Conservación de Energía
Sección 3.ª Nuevas Energías

5. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.

Sección 1.ª Asuntos Generales y Régimen Interior

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Séptimo.

La Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales queda estructurada en la siguiente forma:

1. Subdirección General de Industrias Básicas.

1.1. Servicio de Siderurgia.

Sección 1.ª Estructura Siderúrgica

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Economía Siderúrgica

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Metales no Férreos

– Negociado 1.º

– Sección 4.ª Transformados Metálicos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 5.ª Regímenes Especiales y Acciones Concertadas

– Negociado 1.º

2. Subdirección General de Industrias de Maquinaria Mecánica y Eléctrica.

2.1. Servicio de Industrias de Maquinaria Mecánica.

Sección 1.ª Maquinaria Mecánica Pesada y Ligera

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Maquinaria para la Producción, Transporte y Distribución de Energía
Sección 3.ª Aparatos Electrodomésticos, Fabricación de Armas y Aparatos de Medida y Control
Sección 4.ª Máquinas-herramientas y Utiles

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3. Subdirección General de Industrias Navales.

Sección 1.ª Construcción Naval

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Industrias Auxiliares de la Construcción Naval

– Negociado 1.º

4. Subirección General de Industrias de Automoción y Electrónicas.

4.1. Servicio de Electrónica y Material Informático.

Sección 1.ª Electrónica Profesional e Informática

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Electrónica de Consumo y Componentes

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Material de Transporte

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 4.ª Equipos y Componentes de Automoción

– Negociado 1.º

5. La Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio. Sección 1.ª Asuntos Generales y Régimen Interior.

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Octavo.

La Dirección General de Industrias Químicas y Textiles quedará estructurada en la siguiente forma:

1. Subdirección General de Industrias Químicas.

1.1. Servicio de Química Orgánica.

Sección 1.ª Química Orgánica

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Química Inorgánica

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Pastas y Papel

– Negociado 1.º

Sección 4.ª Paraquímica

– Negociado 1.º

2. Subdirección General de Industrias Farmacéuticas.

2.1. Servicio de Industrias Farmacéuticas.

Sección 1.ª Farmaquímica y Productos Farmacéuticos

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Perfumería, Cosmética y Afines

– Negociado 1.º

3. Subdirección General de Industrias Textiles.

Sección 1.ª Hilaturas, Tejeduría y Acabados

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Géneros de Punto y Confección

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Productos Textiles Industriales

– Negociado 1.º

4. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

5. Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Sección.

– Negociado 1.º

Noveno.

La Dirección General de Industrias Alimentarias y Diversas quedará estructurada en la siguiente forma:

1. Subdirección General de Industrias Alimentarias.

1.1. Servicio de Frío Industrial.

Sección 1.ª Congelados

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Conservas y otras Semiconservas

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Azúcares, Alcoholes, Bebidas y Manufacturas del Tabaco

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 4.ª Derivados de Cereales y Otras Industrias Alimentarias

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

2. Subdirección General de Industrias Diversas.

2.1. Servicio de Industrias de la Piel.

Sección 1.ª Industrias de la Curtición

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Industrias del Calzado y otras Manufacturas de la Piel

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Vidrio, Cerámica, Bisutería y Otras

– Negociado 1.º

Sección 4.ª Artesanía

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 5.ª Industrias Derivadas de la Madera, Muebles y Artes Gráficas

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

3. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.

Sección 1.ª Asuntos Generales y Régimen Interior

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección de Coordinación de Datos, que dependerá directamente del Director general
Décimo.

La Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial quedará estructurada en la siguiente forma:

1. Subdirección General de Tecnología y Productividad Industrial.

1.1. Servicio de Transferencia de Tecnología.

Sección 1.ª Asistencia Técnica y Licencia

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Ingeniería y Consultoras

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Desarrollo Tecnológico

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 4.ª Productividad Industrial

– Negociado 1.º

Sección 5.ª Normalización y Calidad

– Negociado 1.º

2. Subdirección General de Reglamentación para la Seguridad Industrial.

2.1. Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos.

Sección 1.ª Instalaciones de Agua, Gas y Electricidad

– Negociado 1.º

Sección 2.ª Reglamentación de Automóviles

– Negociado 1.º

Sección 3.ª Maquinaria

– Negociado 1.º

Sección 4.ª Productos Peligrosos

– Negociado 1.º

2.2. Servicio de Inspección Técnica de Vehículos.

Sección 1.ª Proyectos y Obras de Estaciones

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 2.ª Inspección Técnica

– Negociado 1.º

3. Subdirección General del Medio Ambiente Industrial.

3.1. Servicio de Prevención y Corrección de la Contaminación Industrial.

Sección 1.ª Contaminación Atmosférica y Ruidos

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

– Negociado 3.º

Sección 2.ª Contaminación Industrial en las Aguas

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

Sección 3.ª Gestión de Residuos
Sección 4.ª Seguimiento y Vigilancia de la Contaminación Industrial
Sección 5.ª Planes, Programas, Inventarios y Normativa Legal

– Negociado 1.º

4. La Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.

4.1. Sección de Asuntos Generales y Régimen Interior

– Negociado 1.º

– Negociado 2.º

5. Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Servicio.

– Negociado 1.º

Undécimo.

El Consejo Superior del Ministerio de Industria y Energía, para el ejercicio de las actividades que le encomienda el artículo 35 del Real Decreto 1613/1979, funcionará en Pleno y en Comisión Permanente.

1. El Pleno lo integran: El Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros Presidentes de Sección, los Consejeros y el Consejero Secretario general.

2. Integran la Comisión Permanente: El Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros Presidentes de Sección y el Consejero Secretario general.

3. Las Secciones del Consejo, cuyos Presidentes tendrán nivel orgánico de Servicio, serán:

3.1. Sección 1.ª Industrias Básicas
3.2. Sección 2.ª Industrias Transformadoras, Tecnología y Metrotecnia
3.3. Sección 3.ª Minería, Agua y Seguridad
3.4. Sección 4.ª Energía y Medio Ambiente

4. Para la ordenación y estudio de los asuntos encomendados a cada una de las Secciones, existirán, cuatro Secretarías con nivel orgánico de Negociado y cuatro Negociados administrativos para trámite y archivo de expedientes.

5. Bajo la dependencia directa del Presidente del Consejo existirá un Gabinete de Estudios y Documentación Técnica, con nivel orgánico de Sección, cuya misión será la de colaborar como órgano de información y asistencia técnica de las Secciones en los estudios e informes que éstas soliciten o que la Presidencia la encomiende.

– Negociado 1.º

6. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.

– Negociado 1.º

Duodécimo.

Con el fin de no incrementar el gasto público se autoriza al Ministerio de Hacienda a realizar las transferencias de créditos necesarios del capítulo uno de la sección veinte, Ministerio de Industria y Energía, de los Presupuestos Generales del Estado, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden ministerial.

Decimotercero.

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Disposición derogatoria.

Queda derogada la Orden de 4 de octubre de 1974, por la que se refunden y autorizan las Ordenes en desarrollo de los Decretos sobre organización del Departamento.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V.I. muchos años.

Madrid, 17 de septiembre de 1979.

BUSTELO Y GARCÍA DEL REAL

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/09/1979
  • Fecha de publicación: 24/09/1979
  • Entrada en vigor: 24 de septiembre de 1979.
  • Fecha de derogación: 30/01/1981
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden de 4 de octubre de 1974 (Ref. BOE-A-1974-1632).
  • DESARROLLA el Real Decreto 1613/1979, de 29 de junio (Ref. BOE-A-1979-15750).
  • CITA presupuesto Generales para 1979 aprobados por Ley 1/1979, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1979-17464).
Materias
  • Comisaría de la Energía y Recursos Minerales
  • Comisiones Interministeriales
  • Consejo Superior del Ministerio de Industria y Energía
  • Dirección General de Industrias Alimentarias y Diversas
  • Dirección General de Industrias Químicas y Textiles
  • Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales
  • Dirección General de la Energía
  • Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción
  • Dirección General de Servicios del Ministerio de Industria y Energía
  • Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial
  • Ministerio de Industria y Energía
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Industria y Energía
  • Subsecretaría del Ministerio de Industria y Energía

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