La Orden ministerial de Hacienda de 9 de febrero de 1977 que previno normas para la aplicación en España del Convenio TIR estableció, como Entidad emisora y garante, la Agrupación Sindical del Transporte Internacional por Carretera.
Constituida, en 21 de junio de 1977, la Asociación del Transporte Internacional por Carretera, que quedó subrogada en las obligaciones de la antigua Agrupación Sindical, se hace preciso adecuar a la nueva situación la redacción de los apartados 2.2 y 9.3 de la Orden ministerial de 9 de febrero de 1977, por lo que este Centro directivo, en base a las facultades que le reconoce la disposición final de la Orden últimamente citada, ha resuelto que la referencia contenida en los apartados antes citados a la Agrupación Sindical del Transporte Internacional por Carretera deberá entenderse se trata de la Asociación del Transporte Internacional por Carretera, integrada en la Federación Nacional de Asociaciones de Empresas de Transporte de Mercancías.
Lo que se traslada a V. S. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 23 de octubre de 1979.–El Director general de Aduanas e Impuestos Especiales, Antonio Rúa Benito.
Sr. Inspector y Administrador de la Aduana de...
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