Hasta la total implantación del sistema retributivo regulado por el Real Decreto-ley veintidós/mil novecientos setenta y siete, de treinta de marzo, es necesario modificar el coeficiente multiplicador a los Cuerpos que, por haber experimentado cambio en su índice de proporcionalidad, les corresponde un coeficiente superior dentro de los límites que señala la disposición final primera, uno, del citado Real Decreto-ley veintidós/mil novecientos setenta y siete y disposiciones paralelas, dado que es un elemento necesario en la determinación de alguno de los conceptos retributivos complementarios que vienen percibiendo los funcionarios públicos. Así ocurre con los Cuerpos Sanitarios a que se refiere el Real Decreto-ley cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de enero.
En su virtud, a propuesta del Ministerio de Hacienda, con informe de la Comisión Superior de Personal y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de octubre de mil novecientos setenta y nueve.
DISPONGO:
A fin de poder determinar las retribuciones complementarias correspondientes a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos Sanitarios afectados por el Real Decreto-ley cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de enero, en virtud de lo dispuesto en el artículo octavo, cinco, de la Ley uno/mil novecientos setenta y ocho, de diecinueve de enero, en relación con el artículo primero del Real Decreto-ley cincuenta/mil novecientos setenta y ocho, de veintinueve de diciembre, se asigna el coeficiente multiplicador tres coma tres (3,3) a los Cuerpos, Escalas y Plazas de Ayudantes Técnicos Sanitarios, Practicantes, Enfermeras y Matronas al servicio de la Administración del Estado o de sus Organismos autónomos.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que los derechos económicos derivados de esta disposición se apliquen a partir de la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de enero.
Dado en Madrid a cinco de octubre de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Hacienda,
JAIME GARCÍA AÑOVEROS
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