Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 258, de fecha 27 de octubre de 1979, a continuación se procede a formular las oportunas rectificaciones:
Página 25008: Artículo 1.°, primer párrafo, donde dice: «..., y de ordenación turístico...», debe decir: «... y de ordenación turística...».
Artículo 3.°, párrafo segundo, donde dice: «... de la explotación turística, excluidas vehículos...», debe decir: «... de la explotación turística, excluidos vehículos...».
Artículo 5.°, primer párrafo, donde dice: «... las de equiparamiento deportivo...», debe decir: «... las de equipamiento deportivo...».
Artículo 10, apartado c), donde dice: «... o que construyan un complejo turístico», debe decir: «... o que constituyan un complejo turístico».
Artículo 10, apartado d), donde dice: «... integrados en un alojamiento turístico; explotaciones e independientes...», debe decir: «... integrados en un alojamiento turístico; explotaciones independientes...».
Página 25009, artículo 22, segundo párrafo, donde dice: «... del Ministerio de Comercio y Turismo...», debe decir: «... del Ministro de Comercio y Turismo...».
Página 25010, artículo 33, apartado b), donde dice: «... proponer al Ministerio de Comercio y Turismo...», debe decir: «... proponer al Ministro de Comercio y Turismo...».
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