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Documento BOE-A-1979-7104

Orden de 28 de febrero de 1979 por la que se crea una Comisión provisional para el estudio y propuesta de las disposiciones sobre la composición, funcionamiento y atribuciones del Consejo Superior de Cultura.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 1979, páginas 6017 a 6017 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-7104
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/02/28/(2)

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo e ilustrísimos señores:

El Real Decreto 2258/1977, de 27 de agosto, sobre estructura orgánica y funciones del Ministerio de Cultura, creó el Consejo Superior de Cultura como Órgano colegiado de orientación y asesoramiento constituido por representantes de los distintos sectores y entidades, nacionales y regionales, que integran las culturas de España.

En desarrollo de dicha disposición procede ahora especificar las funciones concretas que deban encomendarse, sus normas de constitución y funcionamiento, así como determinar los sectores y entidades cuyos representantes integrarán el Consejo Superior de Cultura.

Para ello parece aconsejable la constitución de una Comisión provisional para el estudio, elaboración y propuesta de los proyectos de disposición que se consideren necesarios a los citados fines.

En su virtud, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, según dispone el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, he tenido a bien disponer:

Artículo 1.

Se crea una Comisión provisional, integrada por relevantes personalidades pertenecientes a los diversos campos del arte y de la cultura, para el estudio, elaboración y propuesta de los proyectos de disposición necesarios para el desarrollo del Real Decreto 2258/1977, de 27 de agosto, en lo que se refiere a la composición, funcionamiento y atribuciones del Consejo Superior de Cultura.

Artículo 2.

Los miembros de la Comisión provisional, en número no superior a 15, serán designados por el Ministro de Cultura entre personalidades a las que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3.

La Comisión se ajustará en su funcionamiento a las normas que sobre órganos colegiados se determinan en el capítulo II del título I de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Disposición final primera.

Esta Comisión provisional quedará automáticamente extinguida al constituirse de manera formal el Consejo Superior de Cultura.

Disposición final segunda.

La presente disposición, que no ocasionará aumento del gasto público, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. E. y a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. E. y a VV. II.

Madrid, 28 de febrero de 1979.

CABANILLAS GALLAS

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e limos Sres. Subsecretario, Secretario general técnico y Directores generales del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/02/1979
  • Fecha de publicación: 09/03/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 10/03/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, Atribuyendo de Manera Provisional a la Comisión Mencionada determinadas Facultades: Real Decreto 1782/1979, de 16 de junio (Ref. BOE-A-1979-18084).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 2258/1977, de 27 de agosto (Ref. BOE-A-1977-21144).
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Consejo Superior de Cultura
  • Ministerio de Cultura
  • Secretaría de Estado de Cultura

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