El Real Decreto tres mil doscientos ochenta y cinco/mil novecientos setenta y siete, de uno de diciembre, estableció un sistema de distribución del Fondo Nacional de Cooperación Municipal, si bien, referido, exclusivamente, a las disponibilidades con que el citado Fondo contase durante el ejercicio de mil novecientos setenta y ocho.
Desaparecidos los motivos que obligaron a hacer las deducciones a que se refería el artículo primero del expresado Real Decreto; visto que el sistema de distribución entonces arbitrado ha resultado operativo, y considerando que el Real Decreto-ley dos/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de enero, ha impuesto para todas las Corporaciones Locales la prórroga obligatoria, para mil novecientos setenta y nueve, de los presupuestos ordinarios de mil novecientos setenta y ocho, entre cuyos ingresos figuraban los procedentes de aquel Fondo, calculados conforme resultaba de la normativa dictada en uno de diciembre de mil novecientos setenta y siete, se considera de todo punto conveniente el no modificar, durante el ejercicio de mil novecientos setenta y nueve, el sistema de distribución entonces fijado.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Hacienda y del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO
Las disponibilidades del Fondo Nacional de Cooperación Municipal durante el ejercicio de mil novecientos setenta y nueve se distribuirán entre todos los Ayuntamientos de régimen común, de conformidad con lo establecido en los apartados b) y c) del número uno del artículo ciento veintitrés de las normas sobre ingresos de las Corporaciones Locales, aprobadas por Real Decreto tres mil doscientos cincuenta/mil novecientos setenta y seis, de treinta de diciembre.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a nueve de marzo de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Presidencia.
JOSE MANUEL OTERO NOVAS
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