Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 1, de fecha 1 de enero de 1979, página 3, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el artículo cuarto, líneas cuatro y cinco, donde dice: «... por las normas establecidas en el Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de ocho de marzo, ...», debe decir: «... por las normas establecidas en el Real Decreto-ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de dieciocho de marzo, ...».
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