Ilustrísimos señores:
El Real Decreto 425/1980, de 8 de febrero, por el que se da nueva redacción al apartado once del artículo 14 del Real Decreto 615/1978, de 30 de marzo, de estructura orgánica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, faculta en su disposición final primera a este Departamento a dictar las normas necesarias para su desarrollo.
En uso de tales facultades, previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 130.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, este Ministerio ha dispuesto:
Se suprime el texto actual del número 2.2, «Gerencia de las Asociaciones Benéficas de Telecomunicación», del artículo 12 de la Orden de 26 de marzo de 1979, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Departamento, al haberse integrado dichas Asociaciones en MUFACE, que quedará redactado en la forma siguiente:
«2.2. Gerencia del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia, de Correos, Telecomunicación y Caja Postal de Ahorros, que se estructura en los siguientes Negociados:
– Negociado de Secretaria.
– Negociado de Gestión Administrativa.»
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 31 de mayo de 1980.
ALVAREZ ALVAREZ
Ilmos. Sres, Subsecretario de Transportes y Comunicaciones y Director general de Correos y Telecomunicación.
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