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Documento BOE-A-1980-15531

Resolución de 7 de julio de 1980, de la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, por la que se amplían las relaciones de mercancías fijadas por las Resoluciones de esta Dirección General de 24 de noviembre de 1979 y 9 de enero de 1980.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 18 de julio de 1980, páginas 16397 a 16397 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1980-15531
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1980/07/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

Esta Dirección General ha resuelto completar con las mercancías que se enumeran en el anexo el anexo 1 de las Resoluciones de 24 de noviembre de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de diciembre) y 9 de enero de 1980 («Boletín Oficial del Estado» del 15), por las que las declaraciones de importación relativas a una serie de mercancías originarias de determinados países quedaban sometidas a la tramitación prevista en el artículo 14 de la Orden de 25 de septiembre de 1968, según el texto dado a su párrafo 4, adicionado al citado precepto legal por Orden de 14 de junio de 1977.

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 7 de julio de 1980.–El Director general, José Ramón Bustelo y García del Real.

Sr. Subdirector general de Política Arancelaria e Importación de Productos Industriales.

ANEXO
Partida arancelaria Posición estadística Mercancía
51.04 B.1.a 51.04.11.7 Tejidos de rayón viscosa o cuproamoniacal.
  51.04.11.9  
51.04 B.2.b 51.04.19.6 Tejidos de otras fibras artificiales.
  51.04.19.7  
59.05 B 59.05.11 Redes de nylon y demás fibras textiles sintéticas.
64.02 B.2 64.02.92 Zapatillas con parte superior de paño, fieltro o tejido.
64.02 B.3 64.02.93 Zapatos y botas con parte superior de materias textiles.
66.03 C.1 66.03.21 Armazones para paraguas, sombrillas y quitasoles con varilla de acero.
73.20 A 73.20.09 Accesorios de tubería de fundición.
73.29 A 73.29.01 Cadenas, cadenitas y sus partes de fundición, hierro o acero.
82.05 B.2.b 82.05.22 Machos de roscar.
82.05 B.3.b 82.05.32  
84.11 D.3.b.2 84.11.39 Compresores frigoríficos hasta 3 centímetros.
84.62 A.1 84.62.01 Rodamientos con peso unitario hasta 5 kilogramos inclusive.
85.03   Pilas eléctricas.
85.10   Linternas.
85.14   Micrófonos y sus soportes, altavoces y amplificadores eléctricos de baja frecuencia.
85.15 D 85.15.31 Los demás aparatos de la partida arancelaria 85.15.
85.15 E 85.15.41 Partes y piezas sueltas, incluso los muebles sueltos, de la partida arancelaria 85.15.
92.13   Partes y piezas sueltas y accesorios de los aparatos comprendidos en la P. A. 92.11.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/07/1980
  • Fecha de publicación: 18/07/1980
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AMPLÍA la relación establecida, por Resolución de 24 de marzo de 1981 (Ref. BOE-A-1981-7443).
Referencias anteriores
Materias
  • Calzado
  • Electrodomésticos
  • Energía eléctrica
  • Fibras textiles
  • Herramientas
  • Importaciones
  • Maquinaria
  • Material audiovisual
  • Radiodifusión
  • Radiotelefonía
  • Radiotelegrafía
  • Siderurgia
  • Tejidos
  • Televisión

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