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Documento BOE-A-1980-15625

Orden de 9 de julio de 1980 sobre creación de la Comisión Asesora de Recipientes a Presión.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 19 de julio de 1980, páginas 16459 a 16460 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1980-15625
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/07/09/(6)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La aplicación e interpretación de las disposiciones administrativas reglamentarias en materia de aparatos a presión plantea problemas de diversa índole, para cuya resolución parece aconsejable que la Administración conozca directamente los puntos de vista de los sectores interesados.

Por otra parte, el continuo progreso de la tecnología en la construcción de aquellos aparatos y en su mantenimiento exige la modificación frecuente de las disposiciones reglamentarias o la promulgación de otras nuevas, en cuya preparación conviene que intervengan aquellos sectores como asesores de la Administración.

Por cuanto antecede, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Se crea la Comisión Asesora de Aparatos a Presión, que dependerá de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial.

Segundo.

Será función de la Comisión la de asesorar a la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial en materia de Reglamentación de Aparatos a Presión y en la preparación de otras disposiciones relacionadas con los mismos e igualmente informar en aquellas cuestiones que la citada Dirección General considere oportuno formular en relación con la seguridad de dichos aparatos.

Tercero.

La Comisión estará formada por un Presidente, once Vocales y un Secretario.

Cuarto.

Será Presidente de la Comisión el Director general de Tecnología y Seguridad Industrial, que podrá delegar en el Subdirector general de Reglamentación para la Seguridad Industrial.

Como Vocales se designarán:

El Jefe del Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial del Ministerio de Industria y Energía.

Un representante de la Inspección General de Servicios del Ministerio de Industria y Energía.

Un representante de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.

Un representante de la Dirección General del Consumo y la Disciplina del Mercado del Ministerio de Comercio y Turismo.

Un representante por las Asociaciones de Fabricantes de Calderas.

Dos representantes por las Asociaciones de los demás fabricantes de aparatos a presión.

Un representante de las Entidades colaboradoras para aplicación de la Reglamentación para Aparatos a Presión.

Un representante de los laboratorios oficiales.

Un representante del Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR).

Un representante por las Asociaciones de Consumidores.

Un Secretario, con voz y voto, que será el Jefe de la Sección de Maquinaria del Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial.

Quinto.

1. El representante de la Dirección General del Consumo y de la Disciplina del Mercado será designado por el titular de aquel Centro directivo.

2. Los representantes de la Inspección General de Servicios y de las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía serán designados por el Subsecretario del Departamento a propuesta del Director general de Tecnología y Seguridad Industrial.

3. Los representantes de los laboratorios oficiales, de IRANOR y de las Asociaciones serán designados por el Director general de Tecnología y Seguridad Industrial, a propuesta de los Directores o Presidentes de aquellos Organismos.

4. El representante de las Entidades colaboradoras será designado por el Director general de Tecnología y Seguridad Industrial, a propuesta del Jefe del Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial.

Sexto.

Esta Comisión Asesora se reunirá al menos dos veces al año, y en su seno podrán formarse grupos de trabajo para estudiar y proponer lo que proceda sobre temas concretos, pudiéndose solicitar, si fuese necesario, la colaboración de personas ajenas a la Comisión.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 9 de julio de 1980.

BAYON MARINE

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/07/1980
  • Fecha de publicación: 19/07/1980
  • Fecha de derogación: 19/03/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Aparatos y recipientes a presión
  • Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial
  • Ministerio de Industria y Energía

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