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Documento BOE-A-1980-18457

Orden de 8 de agosto de 1980 por la que se prorroga la entrada en vigor de la Orden de 15 de enero sobre normas de calidad para flor cortada.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 28 de agosto de 1980, páginas 19366 a 19366 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1980-18457
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/08/08/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La disposición final de la Orden ministerial de 15 de enero de 1980 sobre normas de calidad para flor cortada establece que la mencionada Orden entrará en vigor seis meses después de su publicación.

Sin embargo, es conveniente posponer todavía su entrada en vigor para permitir una mejor adecuación entre las características de las producciones y de las exigencias contenidas en la mencionada Orden.

En su consecuencia, este Ministerio ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo único. 

Se prorroga la entrada en vigor de la mencionada Orden ministerial hasta el 2 de febrero de 1981.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 8 de agosto de 1980.

GAMIR CASARES

Ilmos. Sres. Directores generales de Exportación y de Política Arancelaria e Importación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/08/1980
  • Fecha de publicación: 28/08/1980
Referencias anteriores
  • PRORROGA entrada En Vigor de la Orden de 15 de enero de 1980 (Ref. BOE-A-1980-2459).
Materias
  • Comercio exterior
  • Exportaciones
  • Flores
  • Normas de calidad

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