Ilustrísimo señor:
En uso de la autorización concedida por el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, texto refundido aprobado por Decreto de 26 de julio de 1957,
Este Ministerio ha acordado delegar en el Subsecretario de este Departamento la resolución de los expedientes en materia de títulos nobiliarios en los que no hubiere informado el Consejo de Estado.
La delegación de facultades otorgada por la presente Orden ministerial se entiende sin perjuicio de la facultad del Ministro para recabar en todo momento el conocimiento y resolución de los asuntos comprendidos en ella.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 13 de octubre de 1980.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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