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Documento BOE-A-1980-23705

Orden de 18 de octubre de 1980 por la que se reestructura el Registro de la Propiedad Industrial.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 1980, páginas 24279 a 24279 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1980-23705
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/10/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Real Decreto 2573/1977, de 17 de junio, aprobó el Reglamento Orgánico del Registro de la Propiedad Industrial, dotando a éste de una estructura general que respondía a las funciones que la Ley 17/1975, de 2 de mayo, encomendó al nuevo Organismo autónomo que creaba.

Posteriormente, la Orden de 22 de abril de 1978 desarrolló dicho Reglamento, completando la organización con los niveles inferiores.

La experiencia adquirida desde entonces aconseja remodelar parcialmente la estructura orgánica establecida respecto a aquellos órganos que, por sus características especiales o funciones de gran trascendencia en el conjunto de la organización, requieren sean dotados adecuadamente para el mejor cumplimiento de sus fines.

Finalmente y, con el objeto de que no se vea incrementado el gasto público, se suprimen determinados órgano que en su conjunto suponen un ahorro económico superior a la dotación requerida para la creación de los nuevos puestos.

En consecuencia, la presente Orden no implica incremento del gasto público, de acuerdo con el informe emitido por el Ministerio de Hacienda en virtud de lo dispuesto en la disposición final decimotercera del Real Decreto-ley 22/1977, de 30 de marzo.

En su virtud, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Directamente dependiente del Secretario general del Organismo se crea la Sección de Archivo General, que tendrá a su cargo las funciones de custodia, ordenación y control de expedientes y documentos que le estén encomendados.

Segundo.

Dependerán del Servicio de Recursos las siguientes Unidades:

– Sección de Recursos de Invenciones.

– Sección de Recursos de Marcas de Productos.

– Sección de Recursos de Marcas de Servicio e Internacionales.

– Sección de Recursos de Nombres Comerciales y Rótulos de Establecimiento.

Tercero.

La Asesoría Técnica se estructurará en las siguientes Unidades:

– Sección de Invenciones Orgánicas.

– Sección de Invenciones Mecánicas.

– Sección de Invenciones Eléctricas.

Cuarto.

Se suprimen las siguientes Unidades de la actual organización:

– La Sección de Personal de Carrera, la Sección de Contratación Administrativa y los Negociados, respectivos de Gestión Administrativa, dependientes de la Secretaría General.

– Los Negociados de Recursos de Invenciones, Recursos de Marcas de Producto, Recursos de Marcas de Servicio e Internacionales y Recursos de Nombres Comerciales y Rótulos de Establecimiento, dependientes del Servicio do Recursos.

– Los Negociados de Invenciones Químicas, Invenciones Mecánicas e Invenciones Eléctricas, dependientes de la Asesoría Técnica.

– Los Negociados de Microfilmación, Reprografía y Difusión del Departamento de Información Tecnológica.

Quinto.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 18 de octubre de 1980.

BAYON MARINE

limo. Sr. Subsecretario.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/10/1980
  • Fecha de publicación: 31/10/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 01/11/1980
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1997-19126).
  • Fecha de derogación: 31/08/1997
Referencias anteriores
Materias
  • Ministerio de Industria y Energía
  • Registro de la Propiedad Industrial

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