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Documento BOE-A-1980-25869

Comunicación de 20 de noviembre de 1980, de la Presidencia del Senado, por la que se hace público el acuerdo del mismo modificando los artículos 129.1 y 139 del Reglamento provisional de dicha Cámara.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 1980, páginas 26453 a 26453 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1980-25869

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Senado ha aprobado, por mayoría absoluta de sus miembros, que los artículos 129, apartado 1.°, y 139 del Reglamento Provisional del Senado, de 18 de octubre de 1977, queden redactados en la forma siguiente:

Artículo 129.

«1. Los Senadores podrán dirigir a la Mesa o al Gobierno ruegos y preguntas.»

Artículo 139.

«En el debate para la toma en consideración de las proposiciones no de ley mencionadas en el artículo 137, apartados a) y d), se concederá un turno a favor y otro en contra durante un tiempo no superior a veinte minutos cada uno, así como las intervenciones, que no podrán exceder de cinco minutos cada una, de los Portavoces de cuantos Grupos Parlamentarios lo solicitaren.»

Lo que se publica a los efectos oportunos.

Palacio del Senado a 20 de noviembre de 1980.–El Presidente del Senado, Cecilio Valverde Mazuelas.–El Secretario primero del Senado, José Luis López Henares.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 20/11/1980
  • Fecha de publicación: 29/11/1980
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 129.1 y 139 del Reglamento Provisional del Senado, de 14 de octubre de 1977 (Ref. BOE-A-1977-25702).
Materias
  • Cortes Generales
  • Senado

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