Ilustrísimo señor:
Las últimas campañas vinícolas, con producciones superiores a las normales, han provocado graves trastornos en las faenas de elaboración, que en muchos casos se han visto obligadas a realizarse en instalaciones que no reúnen las condiciones adecuadas, siendo, por tanto, necesario fomentar el aumento de la capacidad de envase para garantizar unas buenas condiciones de elaboración, así como la mejora de los medios de producción, que repercutirá beneficiosamente en la calidad del vino.
En consecuencia, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Queda derogado el punto tercero de la Orden de este Departamento de 30 de junio de 1975 por el que se ordena incluir a las industrias de elaboración de vino en los grupos C o D de la Orden de este Ministerio de 5 de marzo de 1965.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 13 de diciembre de 1980.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmo. Sr. Director general de Industrias Agrarias.
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