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Documento BOE-A-1980-3790

Orden de 1 de febrero de 1980 por la que se modifican determinados artículos de la Orden de 20 de febrero de 1978, sobre reestructuración de la Comisión de Informática del Departamento.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 1980, páginas 3815 a 3815 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1980-3790
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/02/01/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La necesidad de acomodar la composición de la Comisión Ministerial de Informática, constituida por Orden de 20 de febrero de 1978, a la nueva estructura orgánica prevista en el Real Decreto 933/1979, de 27 de abril, sobre reorganización del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, y a las modificaciones institucionales introducidas en el sistema por el Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre, aconseja dar nueva redacción a la norma que hasta el momento venía rigiendo.

Al efecto, y previa aprobación por la Presidencia de Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo único.

El artículo segundo de la Orden ministerial de 20 de febrero de 1978, sobre configuración de la Comisión Ministerial de Informática, quedará redactado en los siguientes términos:

«Artículo 2.

La Comisión de Informática de este Departamento estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Secretario general Técnico.

Vicepresidentes: El Vicesecretario general Técnico y el Vicesecretario de la Salud.

Vocales:

– Un representante de la Secretaría de Estado para la Sanidad.

– Un representante de la Subsecretaría del Departamento.

– Un representante de cada una de las Direcciones Generales del Departamento.

– Un representante por cada una de las siguientes instituciones: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Salud, Instituto Nacional de Servicios Sociales, Instituto Social de la Marina, Tesorería General, Gerencia de Informática de la Seguridad Social, Servicio de Reaseguro, Instituto de Estudios de Sanidad y Seguridad Social, Administración Institucional de Sanidad Nacional e Instituto Nacional de Asistencia Social.

– El Jefe de la Sección de Datos y Estadísticas.

– El Jefe del Servicio de Estadística e Informática de la Secretaría General Técnica del Departamento.

Secretario: El Jefe de la Sección de Informática.»

Disposición final

Se faculta a la Secretaría General Técnica del Departamento para la aplicación y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 1 de febrero de 1980.

ROVIRA TARAZONA

Ilmos. Sres. Secretario de Estado para la Sanidad, Subsecretario, Secretario general Técnico y Directores generales del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/02/1980
  • Fecha de publicación: 18/02/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 18/02/1980
  • Fecha de derogación: 11/12/1980
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comisiones de Informática
  • Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social

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